¿De qué se acusa a la hija del Rey y por qué?
Está imputada por fraude fiscal y blanqueo por gastar el dinero ilícito de Aizoon y ayudar a «minorar» la base imponible de la empresa
PALMA DE MALLORCA. Actualizado: GuardarLa hija del Rey declarará hoy como imputada por fraude fiscal y/o blanqueo de capitales. El primero de los delitos está tipificado en el artículo 305 del Código Penal como el que «por acción u omisión, defraude a la Hacienda Pública estatal, autonómica, foral o local, eludiendo el pago de tributos, cantidades retenidas o que se hubieran debido retener o ingresos a cuenta, obteniendo indebidamente devoluciones o disfrutando beneficios fiscales de la misma forma, siempre que la cuantía de la cuota defraudada, el importe no ingresado de las retenciones o ingresos a cuenta o de las devoluciones o beneficios fiscales indebidamente obtenidos o disfrutados exceda de 120.000 euros». Está castigado con una pena de prisión de uno a cinco años y multa del séxtuplo de la cantidad defraudada.
En este primer delito, la infanta Cristina podría ser cooperadora necesaria de los delitos fiscales que cometió su marido en 2007 y 2008 por facturar a través de la empresa de ambos, Aizoon, sus trabajos de asesoría a multinacionales. Cobró 451.888 euros el primer año y 378.734 el segundo. La otra variante, más probable, es considerarla, como hace el magistrado José Castro, coautora de un doble delito fiscal cometido por haber facturado gastos personales a Aizoon. Según el juez, es un doble delito porque «se trata de ingresos por los que nunca tributaron (ni la duquesa ni su marido) en sus declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas» y porque esa artimaña «tuvo la virtualidad de minorar la base imponible del Impuesto de Sociedades al figurar contablemente como gastos de explotación sin serlo». Al menos en 2007, esa defraudación sí que habría superado los 120.000 euros, cuantía mínima para hablar de ilícito.
Gastarse el dinero
El blanqueo, a su vez, está tipificado en el artículo 301 del Código Penal. Ese precepto establece una pena de prisión de seis meses a seis años y multa del triple del valor de los bienes usados ilícitamente para «el que adquiera, posea, utilice, convierta, o transmita bienes, sabiendo que éstos tienen su origen en una actividad delictiva, cometida por él o por cualquiera tercera persona, o realice cualquier otro acto para ocultar o encubrir su origen ilícito, o para ayudar a la persona que haya participado en la infracción o infracciones a eludir las consecuencias legales de sus actos».
O lo que es igual, que la infanta se gastara el dinero obtenido de forma fraudulenta por Aizoon, reintroduciéndolo de paso en el circuito legal, o sea blanqueándolo.
Imputar este delito a la hija del Rey pasa por probar que estaba al tanto de que el dinero de la inmobiliaria que la infanta usó durante años para abonar gastos personales era de origen ilícito. Demostrar que usaba el dinero de la empresa bajo sospecha, ya está hecho. Hay una montaña de facturas y extractos bancarios y de tarjetas que apuntan a que pagó viajes, material escolar, fiestas familiares, vinos, vajillas, cursos de baile, cenas, hoteles a cuenta de Aizoon.