El Supremo da la nacionalidad a un hombre al que el CNI acusó de islamista
Actualizado:El Tribunal Supremo ha considerado que Harrab Khalib tiene derecho a la nacionalidad española, en contra de lo que decidió el Ministerio de Justicia en 2009, porque cumple el requisito de residencia y a pesar de que el CNI lo desaconsejó porque cree que pertenece a un movimiento fundamentalista islámico.
El afectado recurrió contra la denegación de nacionalidad por parte del Ministerio ante la Audiencia Nacional, tribunal que le había reconocido el derecho a obtenerla porque el único motivo aducido para denegársela, su supuesta pertenencia al movimiento Tabligh, no había sido suficientemente argumentado.
«La resolución denegatoria se mueve» en un ámbito «genérico» pero «sin considerar que la pertenencia activa en el movimiento Tabligh afecte al orden público o al interés nacional», señaló la Audiencia, que afea al CNI que no dé dato alguno sobre las actividades radicales.