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El juez Castro, acompañado de su secretaria, abandona los juzgados en febrero de 2013. :: EFE
ESPAÑA

La Audiencia de Palma será de nuevo la que decida si Cristina de Borbón hace el paseíllo

El juez, que esta vez no suspenderá la cita aunque haya recursos, ha fijado el interrogatorio en una fecha alejada para que sus superiores fallen

M. SÁIZ-PARDO/A. TORICES
MADRID.Actualizado:

De nuevo será la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca la que, como ocurrió en mayo pasado, decida si la hija menor de los Reyes hace el paseíllo hacia los juzgados de la capital balear para declarar como imputada. Su suerte procesal estará en manos los mismos magistrados -Diego Gómez-Reino, presidente; Juan Jiménez y Mónica de la Serna- que el 7 de mayo dejaron en suspenso el primer interrogatorio ordenado por el juez, pero que abrieron a José Castro la vía para imputar de nuevo a la esposa de Iñaki Urdangarin por los delitos de fraude fiscal y blanqueo, como hizo ayer el instructor.

Y será la Audiencia Provincial la que decida sobre el interrogatorio de la infanta no porque lo exija la ley sino porque así lo ha querido Castro, ya que los recursos contra la citación, en modo alguno, paralizarían esta diligencia. Es el instructor el que ha dejado en manos de sus superiores la última palabra al fijar la declaración en una fecha tan lejana como el 8 de marzo. Con ese plazo tan amplio, el juez quiere garantizarse que la Audiencia tenga tiempo suficiente para estudiar y fallar sobre los más que probables recursos que presentarán la Fiscalía, la propia infanta, Urdangarin o Hacienda. La imputación es recurrible en reforma, es decir ante el juez en tres días, y en apelación, ante la Audiencia en cinco.

El año pasado, Castro, por deferencia al fiscal Pedro Horrach, decidió dejar en suspenso la citación a expensas de cómo resolviesen el recurso sus superiores. Pero ahora la situación es distinta. El juez no quiere hacer gesto alguno en favor del fiscal, pero tampoco arriesgarse a interrogar a la infanta y que luego sus superiores le quiten la razón. Castro sabe que la Sección Segunda en la primera citación resolvió con urgencia y en un plazo de solo cinco semanas. Con esos tiempos, para mediados o final de febrero, el juez sabrá si tiene el respaldo de la instancia superior o no.

Polémica

Harina de otro costal sería saber si, tras declarar como imputada y llegado el momento, la infanta podría sentarse en el banquillo por fraude fiscal y blanqueo de capitales aunque no la acusen ni el Ministerio Público ni Hacienda. La 'doctrina Botín', avalada por la mayoría del Tribunal Supremo en 2007, indica que la apertura de un juicio oral solo puede hacerse a instancia de la Fiscalía o de una acusación particular, pero nunca solicitud exclusiva de la acusación popular, porque no es una parte perjudicada por los supuestos delitos.

De esta forma, en el 'caso Nóos', en principio, no serviría con que la acusación particular del sindicato Manos Limpias pidiese en solitario la apertura del juicio porque tendrían que hacerlo también, como mínimo, la Fiscalía o el acusador particular, que en esta ocasión es la Abogacía del Estado en nombre de la Agencia Tributaria, por tratarse de delitos que lesionan el patrimonio público.

Sin embargo, lo que no está claro es que la aplicación de la 'doctrina Botín' pueda librar a la infanta Cristina de sentarse en el banquillo. La razón es que la Fiscalía y la Abogacía van a instar, sin duda, la apertura del juicio oral por el 'caso Nóos'. Una vez abierto el juicio, no es desde luego doctrina pacífica que una acusación popular, como Manos Limpias, esté impedida de presentar escrito de acusación diferenciado y por lo tanto reclamar, aunque sea en solitario, que se siente en el banquillo a algún otro de los imputados en la instrucción, como es el caso de la infanta.