opinión

Golpes al Estado

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Si el paradigma del Golpe de Estado es el de la rebelión militar contra el poder legalmente constituido, el cumulo de golpes al Estado desde sus entrañas terminan por minarlo hasta su aniquilamiento. De todo esto saben mucho los catalanes en plena República, cuando Companys en 1934 se encumbró en golpista contra la legalidad republicana. Los golpes al Estado han sido constantes. ¿O es que no lo son los continuos incumplimientos de las sentencias en materia lingüísticas, sólo por poner un ejemplo? ¿O es que la pertinaz deslealtad institucional tampoco lo es? En fin, sería interminable la lista de agravios.

Mas tiene como modelo a Campanys. De igual forma que este rompió la legalidad constitucional en plena República, el otro lo anuncia a bombo y platillo en plena monarquía parlamentaria. Pero aquel desaguisado en forma de golpe, sólo duró dos días. Los justo para que las tropas españolas de asalto entraran en la Generalidad y los «muy leales y envalentonados independentistas» saliesen por las ventanas y demás huecos, cuales ratas de alcantarilla. Entonces se consumó el atentado a la legalidad vigente, ahora se miente a su propia población con medias verdades y, entre tanto, la población española comparece atónita ante los acontecimientos. Únicos legitimados democráticamente para modificar en el marco de la legalidad el devenir de la historia.

La decisión tomada por la vicepresidenta de la Generalidad catalana sólo es equiparable a los que se reunieron para atentar contra la legalidad vigente en los convulsos momentos de los años 1981-1982, donde los ruidos de golpes no paraban. E hizo que el Estado actuara. Ahora vuelve a ser el momento de actuar, para hacer ver el funcionamiento democrático de las instituciones españolas que no se dejan avasallar por quienes incumplen a la luz del día la ley. Eso es lo único que lo diferencia de los que intentaron poner de rodillas a nuestra entonces incipiente democracia, que lo hacían de noche entre tinieblas. El Fiscal del Estado tiene la obligación imperiosa de actuar invocando el artículo 509 del Código Penal. La otra alternativa a ello, es ordenar la inmediata suspensión de la autonomía con invocación del artículo 155 de la Constitución. Que se cumpla la ley y que se actúe sin miramientos contra su incumplimiento. Es la hora del Estado de Derecho. El que emana de la soberanía popular, representada por todos los españoles.