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ESPAÑA

Algunas incógnitas del referéndum

La celebración de la consulta tiene todavía muchas legales jurídicas en las reglas del juego

C. REINO
Actualizado:

¿Qué porcentaje es necesario para que sea válida la consulta catalana? Los partidos no se ponen de acuerdo sobre las cifras necesarias para que la votación tenga validez. Desde Esquerra afirman que en el pacto que suscribieron las cuatro formaciones el jueves pasado establecieron que con un 51% de síes al Estado catalán y un 51% de síes a la independencia, sea cual sea la participación, la opción secesionista ya podría darse por ganadora. Convergència, en cambio, descarta que ese extremo se llegara a pactar, aunque señala que las cifras podrían ir incluidas en el decreto de convocatoria de la consulta. Fuentes de la formación nacionalista prefieren hablar de mayoría cualificada y respecto a la participación ponen como ejemplo el referéndum que se celebró en España en 2005 sobre la Constitución Europea y que sólo logró el voto del 42% del censo. «La leyes españolas sobre referendos no exigen porcentajes mínimos», señalan. Aun así, para el caso de Montenegro, en 2006, la UE fijó una participación mínima del 50% y un 55% de síes para que la independencia fuera reconocida.

¿Qué resultado se daría hoy en la consulta? Según la última encuesta del CEO, el CIS catalán, los catalanes que responden que son favorables a un estado independiente se sitúan en el 48,5%, los partidarios de un estado federal dentro de España son el 21,3% y los que apuestan por una comunidad autónoma son el 18%. Estos datos trasladados a la consulta que plantea la Generalitat permitiría concluir que el 69% -secesionistas, federalistas, y confederalistas- podrían votar sí a la primera pregunta, la de si quiere que Cataluña se convierta en un Estado. Para la segunda pregunta, si ese Estado debe ser independiente, el resultado podría ser, teniendo en cuenta que solo votan los que han dicho sí a la primera pregunta, de un 70% a favor de la secesión, suponiendo que todos los federalistas votaran que no, y por tanto los votos a favor de la independencia representarían el 48% del total de los votos emitidos.

¿Qué implican unas elecciones plebiscitarias? El consejo asesor para la transición nacional que creó Artur Mas considera que existen cinco vías legales para poder convocar la consulta. Tres de ellas exigen la autorización expresa del Gobierno central y las otras dos las puede hacer el Ejecutivo catalán siempre que Madrid no las impugne. Si las cinco vías se cierran, como se espera, Mas contempla como alternativa la convocatoria de elecciones plebiscitarias. Carles Boix, miembro del consejo asesor, señala que las plebiscitarias son unas elecciones normales, en esta caso autonómicas, en las que los partidos que firmaron el pacto para fijar la fecha y la consulta podrían ir juntos o al menos con un programa de mínimos compartido. Se trata de convertir las elecciones en un lugar donde se decide como una consulta. El consejo asesor, en cualquier caso, no es favorable a llamarlas plebiscitarias. Y la duda que plantea es que no todos los partidos, PSC, PP y Ciutadans, por ejemplo, las asuman como plebiscitarias. La lectura de los resultados también puede llevar a equívocos. El único precedente en España podrían ser las municipales que desembocaron en la proclamación de Segunda República.

¿Hay ejemplos de referendos con dos preguntas? Sí, el antecedente más próximo es el de Puerto Rico. En 2012, la isla caribeña se pronunció por cuarta vez desde los años sesenta sobre qué relación quería mantener con Estados Unidos. Se formularon dos preguntas. La primera: «¿Está usted de acuerdo con mantener la condición política territorial actual (Estado Libre Asociado)?». El no ganó con un 54%. La segunda pregunta ofrecía más posibilidades: «Cuál de las siguientes opciones prefiere: Un Estado de Estados Unidos, la independencia o un Estado Libre Asociado Soberano». El 61% votó por la primera opción.