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Miembros del Tribunal de Estrasburgo anuncian la sentencia de la doctrina Parot. :: P. SEEGER / EFE
ESPAÑA

El fallo de Estrasburgo obliga a extinguir la condena de un profesor que violó a seis niños

La Abogacía del Estado recurre ante el Tribunal Supremo la puesta en libertad del asesino de las niñas de Alcàsser

MELCHOR SÁIZ-PARDO
MADRID.Actualizado:

La Audiencia Provincial de Valencia declaró ayer cumplida la condena y extinguida la responsabilidad penal de Juan Vicente Carrillo, un profesor condenado a 220 años de cárcel por violar 19 veces a seis de sus alumnos de Educación Física en un centro de Valencia. Carrillo, quien se encontraba ya en libertad condicional, podrá moverse a partir de ahora sin ningún tipo de restricción y no podrá ser sometido a medida de control alguna.

El tribunal decretó la extinción total de la pena después de que su defensa la hubiera reclamado en aplicación del fallo de la corte de Estrasburgo sobre la etarra Inés del Río. Carrillo, que tenía que haber sido excarcelado en 2010, vio alargada su pena hasta 2015 después de que se le aplicara la doctrina Parot derogada en octubre por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Según la sentencia, el reo, que en la actualidad tiene 52 años y que en su momento admitió los hechos, aprovechó su puesto en un colegio privado de Valencia para abusar de los seis pequeños -de ocho a doce años- entre 1991 y 1995. La puesta en libertad de Carrillo fue apoyada por la Fiscalía.

Casi al mismo tiempo que la Audiencia Provincial de Valencia decretaba la extinción de condena del pedófilo, el mismo tribunal recibió el anuncio de un recurso de la Abogacía del Estado ante el Tribunal Supremo contra la puesta en libertad de Miguel Ricart, el asesino de las niñas de Alcàsser, quien el pasado viernes abandonó la prisión de Herrera de la Mancha (Ciudad Real) tras cumplir poco menos de 21 años entre rejas a pesar de haber sido condenado en 1997 a 170 años de prisión por el secuestro, violación y asesinato de Míriam García, Toñi Gómez y Desirée Hernández.

En su escrito, los letrados del Ministerio de Justicia sostienen que el fallo de la corte de Estrasburgo impide la aplicación con carácter retroactivo de la doctrina Parot, pero «no considera dicha doctrina contraria al Convenio Europeo de Derechos Humanos». La Abogacía arguye, como ya hizo antes de la excarcelación, que la doctrina Parot se debe aplicar a Miguel Ricart, a partir del 28 de febrero de 2006, cuando el Supremo la estableció.

La apelación de los letrados del Estado tiene nula posibilidad de prosperar, según fuentes judiciales, ya que el propio Supremo zanjó que esa interpretación sería también contraria al espíritu del fallo de la Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Costas

El Estado sigue sin dar su brazo a torcer en el tema de Ricart, pero también en el propio caso de Inés del Río, que fue el que provocó el aluvión de excarcelaciones de terroristas y asesinos y violadores en serie. España comunicó ayer al Consejo de Europa que no abonará a la etarra los 1.500 euros a los que fue condenada a pagar por costas (honorarios y gastos). El Gobierno, que ya anunció en su día que tampoco iba a abonar a la exmiembro del 'comando Madrid' los 30.000 euros a los que fue condenado por daños y perjuicios al retrasar su excarcelación, alega que la terrorista mantiene una deuda de 1.591.454 euros en concepto de responsabilidad civil con sus víctimas que adelantó el Estado. El Ejecutivo también informa en una misiva al Consejo de Europa de que ya puso en libertad a la terrorista tal y como exigía el fallo.

El Gobierno adjunta al documento una carta de la presidenta del Colectivo de Víctimas del Terrorismo de Euskadi (Covite), Consuelo Ordóñez, en la que tacha el fallo de Estrasburgo de «golpe a la dignidad de las víctimas». El Comité de Ministros, el órgano de decisión del Consejo de Europa, hará pública de forma inminente su valoración sobre el grado de cumplimiento de España de la sentencia y si, admite o no, la negativa del Gobierno de no pagar un solo euro a Inés del Río.