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Economia

El Banco de España alerta de que «no hay plan B» si no se adaptan a tiempo las cuentas bancarias

Antes del 1 de febrero las empresas deben conocer el IBAN de sus trabajadores y clientes para poder pagar las nóminas y cobrar recibos

AMPARO ESTRADA
MADRID.Actualizado:

Antes de la crisis sólo unos pocos sabían lo que era la prima de riesgo y ya es como de la familia, se sabe si sube o si baja y dónde está. A partir de ahora, la palabra de moda será IBAN, el nuevo identificador de las cuentas corrientes que exige la Zona Única de Pagos en Euros (SEPA en sus siglas en inglés) para que se pueda operar en toda la zona desde una cuenta bancaria única. El IBAN sustituirá al Código Cuenta Cliente (CCC), y es este mismo más cuatro dígitos que se anteponen al CCC: dos para identificar al país (ES en el caso de España) y otros dos calculados mediante un algoritmo para cada cuenta bancaria. El IBAN será exigido obligatoriamente a partir del 1 de febrero para efectuar domiciliaciones de recibos, pagos por transferencia, ingresos de nóminas y otras operaciones. Todos tendrán que cumplir las nuevas exigencias: las empresas para pagar a sus empleados, las compañías de luz o teléfono para pasar los recibos, los colegios para cobrar las cuotas de los alumnos, los ayuntamientos o las comunidades de vecinos, entre otros.

Si su empresa todavía no le ha pedido el IBAN de su cuenta corriente, el Banco de España le recomienda que empiece a preocuparse. A partir del 1 de febrero, sin IBAN no se podrán cobrar las nóminas ni pagar los recibos. «Quedan 94 días y no hay plan B», alertan técnicos del supervisor bancario, que insisten en que la adaptación «no se puede dejar para el último momento porque se pueden acabar produciendo un cuellos de botella». A falta de menos de tres meses, el Banco de España está alarmado por el escaso conocimiento del proceso entre las pymes, que todavía no han comenzado los preparativos. En estos momentos, el 55% de las operaciones en España se están haciendo ya con el estándar SEPA, pero sólo el 0,24% de los adeudos. Fuentes del supervisor lamentan la escasa colaboración que están recibiendo por parte de las asociaciones empresariales para difundir los nuevos criterios que habrá que cumplir a partir de febrero.

Las grandes administraciones públicas y compañías emisoras de recibos tienen previsto empezar a incluir el IBAN en sus recibos a partir de noviembre y diciembre. En estos casos, donde los recibos se cuentan por millones, la propia compañía 'convertirá' el código cuenta cliente en código IBAN a través de un programa informático porque le sale más barato y es más eficiente que mandar millones de cartas pidiendo el IBAN cliente a cliente. En realidad, cualquiera puede realizar esa conversión a través de un algoritmo matemático que se facilita en la web www.sepaesp.es, desarrollada por el Banco de España y las entidades financieras. A un particular el IBAN se lo facilita su propia entidad financiera, aunque también lo puede ver directamente en su cuenta a través de la banca electrónica o en sus extractos de cuenta y talonarios.

La responsabilidad de cumplir la normativa SEPA es siempre de quien inicia la operación: de la compañía de la luz cuando gire los recibos y de la empresa que paga las nóminas.

Recibos en clave Twitter

Otro de los cambios que trae la SEPA es que la información que se incluye en los recibos domiciliados no podrá exceder de 140 caracteres. Es decir, que el objeto y detalles del recibo tendrán que ir en clave Twitter. Las empresas, las asociaciones, los colegios, las compañías de seguros, las comunidades de vecinos. Todos deberán adaptarse a los 140 caracteres y buscar alternativas para transmitir la información completa del recibo.

Las domiciliaciones ya existentes continuarán siendo válidas, no será necesario un nuevo mandato, pero si no se utiliza durante 36 meses dejará de tener vigencia y habrá que renovarla. La SEPA introduce también una serie de garantías para el cliente, la mayoría de las cuales ya existen en España. Entre otras, la posibilidad de limitar el cobro de un adeudo a un determinado importe o periodicidad; pasar a la entidad financiera una 'lista blanca' de acreedores a los que se quiere pagar y una 'lista negra' de acreedores a los que no pagar; o exigir al banco que verifique que lo que se va a cargar en la cuenta es lo que se autorizó.

Además, determinadas operaciones no serán obligatorias hasta febrero de 2016. En España, las empresas no tendrán que utilizar el formato XML en su mensajería con las entidades financieras y subsistirán ciertos productos de financiación de las pymes como los anticipos de crédito y los recibos que se procesan como efectos de comercio.