La Audiencia Nacional avisa de que habrá en breve nuevas excarcelaciones de etarras
La Sala afirma que el fallo sobre Del Río es "de aplicación general a todos los caso en que se den situaciones semejantes"
MADRIDActualizado:La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional avisa: las excarcelaciones de los etarras Inés del Río y Juan Manuel Píriz no van a ser las últimas. El tribunal, en el auto de libertad de Píriz, avanza que deberá poner en libertad a todos los presos etarras que se encuentren en prisión por aplicación retroactiva de la doctrina Parot porque la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos "de aplicación general a todos los casos en que se den situaciones semejantes y así se expresa en determinados pasajes de la sentencia".
"La Gran Sala, en definitiva, pone de manifiesto con carácter general la incompatibilidad con el Convenio Europeo de Derechos Humanos de la aplicación retroactiva del criterio de computo de los beneficios penitenciarios establecidos por el Supremo", apunta la resolución, puesto que "no aplicar el fallo de Estrasburgo no solo sería una infracción de obligaciones jurídicas internacionales, sino también distanciarse de Europa y del sentido de su civilización".
Los jueces consideran que la jurisprudencia europea marca el canon o estandar internacional en el reconocimiento y protección de los derechos humanos fundamentales en Europa y fiel balanza para calibrar la calidad del " Estado de Derecho" de sus países miembros. “Vincularnos a su jurisprudencia no solo homogeneíza el derecho europeo, sino también es una seña de identidad cultural y de civilización común europea. Separarse de ella no solo implica una infracción de obligaciones jurídicas, también distanciarse de Europa y del sentido de su civilización".
La resolución cuenta con un voto particular concurrente del magistrado Ángel Hurtado, que entiende que Píriz debía salir en libertad pero por el criterio de intangibilidad de las resoluciones. Este magistrado estima que resultaba "innecesario e impertinente" pronunciarse sobre la sentencia de Estrasburgo en relación con Inés del Río. Frente al criterio de la mayoría este juez afirma que al no existir previsión legal para dar cumplimiento a los fallos del TEDH se podía haber esperado al recurso que tenía pendiente en el Supremo, absteniéndose la sala de cualquier pronunciamiento.