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La exministra de Fomento Magdalena Álvarez, el pasado día 8 tras declarar ante la jueza Alaya. :: EFE
ANDALUCÍA

La Audiencia de Sevilla anula la imputación de Magdalena Álvarez en el caso de los ERE

Advierte a la jueza Alaya de que su investigación sobre aforados llega al «límite máximo», por lo que debería elevar el caso a instancias superiores

MARÍA DOLORES TORTOSA
SEVILLA.Actualizado:

La Audiencia Provincial de Sevilla ha anulado la imputación de Magdalena Álvarez por la jueza que investiga los ERE fraudulentos, Mercedes Alaya, y le ordena a esta a concretar y motivar los hechos de los que le acusa. En un auto, emitido ayer, el tribunal sevillano da la razón a la exministra de Fomento y actual vicepresidenta del Banco Europeo de Inversiones cuando recurrió por «indefensión» el auto del 28 de junio en el que Alaya le comunicaba su imputación en las diligencias junto a otros 19 cargos y excargos de la Junta sin decir por qué.

Alaya puede volver a imputar a la exministra de Fomento y exconsejera de Hacienda de la Junta, pero el escrito de la Audiencia significa todo un varapalo a su instrucción, máxime cuando deja la puerta abierta para que también pueda dejar sin efecto la imputación del resto de los cargos y además se le insta a elevar el caso de la rama política al Tribunal Supremo, al haber entre los investigados aforados.

Álvarez pidió la anulación por considerar que había «falta de concreción» y ausencia de «caracteres delictivos» en el escrito de la magistrada, lo que le producía «indefensión». La sección séptima de la Audiencia Provincial revoca parcialmente dicho auto de imputación, ya que solo se pronuncia sobre Magdalena Álvarez y no sobre el resto de imputados.

En el caso de la exministra ordena «dejar sin efecto» su imputación porque considera que «la falta de motivación» vulnera la defensa de Magdalena Álvarez y su tutela judicial, lo que podría provocar incluso la anulación futura del proceso. Por ello ordena a la jueza que «dicte una nueva resolución» en la que se incluya «una mínima relación fáctica cuya lectura permita colegir la descripción del hecho o hechos punibles de que pueda tratarse, al modo que cabe esperar de toda denuncia o querella». La Audiencia se sorprende de la ausencia de esta descripción de hechos punibles cuando en su trayectoria la magistrada, «en exquisita actuación procesal», ha motivado sus autos incluso con la valoración de los indicios.

Construcción sugerente

El tribunal subraya que el auto «está basado en una construcción sugerente, que no explícita, de la ilicitud penal de la actuación no solo del gobierno autonómico, sino, al parecer, también del propio Parlamento andaluz», lo que «refuerza las exigencias de una máxima precisión en la descripción de los supuestos hechos punibles, y dada la excepcionalidad del caso, una mínima siquiera exposición de los indicios derivados de lo instruido».

El auto, firmado por los magistrados Javier González Fernández, como ponente, Juan Romeo Laguna, Esperanza Jiménez Mantecón y Enrique García López-Corchado, también da un toque a la magistrada sobre sus incursiones en hechos presuntamente delictivos relacionados con personas aforadas, para los que no está capacitada. «Podría haberse alcanzado el límite máximo de instrucción por el juez ordinario antes de elevarse la causa al juez competente en las causas por aforamiento», señala.

En este sentido, se extraña de cómo en el citado auto hay «ausencias» de consejeros en el organigrama de cargos públicos de las tres consejerías (Empleo, Hacienda e Innovación) que la instructora sugiere como partícipes de una «supuesta confabulación o maquinación colectiva» en el sistema «ilícito» para conceder los ERE. «Afectadas las tres consejerías más arriba indicadas, solo una consejera es incluida en el auto», en referencia a Álvarez, la única no aforada.

El tribunal agrega que sería «de extrema utilidad» y «necesidad» que Alaya aclare si podría separarse del sumario la causa que sigue contra quienes pudieron lucrarse con el fraude y de quienes supuestamente idearon el sistema de ayudas, sugiriendo de forma clara que al haber aforados entre estos, deben ser todos remitidos al Tribunal Supremo, sin mencionar este órgano. «Poco más queda por instruir salvo oír a los imputados, lo que podría corresponder en su totalidad al tribunal de aforamiento», dice.

Prevaricación

Tras recurrir el auto de junio y sin esperar a que la Audiencia de Sevilla se pronunciara, la jueza tomó declaración como imputada a Magdalena Álvarez el pasado día 8 de octubre, tras lo que la acusó de los delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos, por entender que promovió, «junto a otros», un sistema ilegal de las subvenciones a través de las transferencias de financiación. Álvarez defendió ante la magistrada la legalidad del sistema y dijo que el fraude se debió a un mal uso de dicho procedimiento. La cuestión ahora es si tras el auto de la Audiencia aquella declaración de Álvarez puede ser anulada.

Aunque la sección séptima excluye su decisión de la situación a «terceros ajenos a este recurso», en alusión a los 19 cargos, estos también podrían dejar de ser imputados. La Audiencia Provincial de Sevilla tiene previsto dar a conocer el próximo día 30 su decisión sobre el recurso de la Junta a dicho auto. Varios cargos, como José Antonio Lozano, también recurrieron con los mismos argumentos que Álvarez.