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El presidente de la Sala de lo Penal del Supremo, Juan Saavedra, en una vista en septiembre. :: J. J. GUILLÉN / EFE
ESPAÑA

El Supremo estudiará si es posible salvar parte de la doctrina Parot

Algunos jueces creen que mantener en prisión a los presos que no tenían el cálculo definitivo de condena sería fiel al fallo de Estrasburgo

MELCHOR SÁIZ-PARDO
MADRID.Actualizado:

El Supremo no da por muerta toda la doctrina Parot. Al menos, no todavía. El alto tribunal estudiará si es posible salvar parte de esta práctica jurídica tras la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Según explicaron ayer diversas fuentes judiciales, algunos magistrados del Supremo, entre ellos varios reputados penalistas, sostienen que mantener en prisión a los presos que no tenían hecho el cálculo definitivo del licenciamiento de condena no violaría ni «la letra ni el espíritu» del fallo de Estrasburgo, que admitió la potestad de los diferentes estados a «redefinir» el «alcance de la sentencia» siempre que no haya una interpretación retroactiva en contra del reo.

El presidente de la Sala de lo Penal, Juan Saavedra, todavía no ha anunciado la fecha del pleno de este órgano para analizar el alcance de la sentencia de Estrasburgo, pero algunos de los magistrados de esa sala llevan días analizando el fallo de la corte internacional y entre muchos de ellos crece la convicción de que «no todo está perdido». Es más, creen que Estrasburgo da margen para evitar la liberación de parte de los los 78 presos terroristas y delincuentes peligrosos que siguen entre rejas gracias a la doctrina Parot.

Tras las primeras 72 horas de estado de shock, varios magistrados han encontrado la que creen sería la «clave» para amortiguar los efectos de la sentencia. Y la han hallado en el punto 89 del propio fallo, que dice que «la Corte no excluye que las medidas adoptadas por el Poder Legislativo, las autoridades administrativas o los tribunales después de la imposición de una sentencia definitiva o durante la ejecución del mismo puedan dar lugar a una redefinición o un cambio en el alcance de la sentencia impuesta por el juez». Eso sí, siempre que no entren en «el ámbito de la prohibición de retroactividad de las sanciones».

Esto es, interpretan esos magistrados, que Estrasburgo considera que lo que vulnera el Convenio Europeo de Derechos Humanos no es la doctrina Parot en sí, sino el hecho de que se aplique a quienes ya tenían fijada fecha de excarcelación y no podían prever el «cambio jurisprudencial», caso de Inés del Río, que tenía fijada la excarcelación para el 17 de julio de 2008, cuando se le recalculó para el 27 de junio de 2017.

En realidad, la tesis de esos magistrados es que la interpretación que ya hizo el Constitucional en marzo de 2012, cuando avaló la doctrina Parot, es «fiel» al fallo de Estrasburgo. Entonces, la corte española aceptó dar amparo a tres presos de los 28 reclusos que habían llamado a sus puertas su excarcelación. Esos tres presos, entendieron los magistrados, eran un caso singular, ya que se prolongó su reclusión carcelaria porque la cuestionada doctrina se les aplicó de forma retroactiva cuando ya se les había hecho la liquidación de condena. Lo mismo que ocurrió con Del Río.

El magistrado del Supremo Francisco Monterde, uno de los que en 2006 avaló con su voto el alumbramiento de la doctrina Parot, se hizo abanderado de ese sector del tribunal que cree que una interpretación basada en los criterios del Constitucional podría encajar en el fallo de Estrasburgo. Explicó que en la reunión del Pleno se «verá si la doctrina Parot ha sido completamente derogada por el tribunal europeo o si se puede mantener con matizaciones del Constitucional».

«Derechos adquiridos»

«Lo que dijo el Constitucional es que eso (el cálculo definitivo de licenciamiento de condena) ya crea unos derechos adquiridos que deben respetarse en el futuro, y si se cambian, se iría contra el principio de retroactividad». «Ahora, hay que ver si esto se puede mantener así o si se arrambla con todo tras la doctrina de Estrasburgo», explicó de manera sintética.

Monterde no fue el único que ayer empezó a señalar este camino. El fiscal coordinador de víctimas de la Audiencia Nacional, Fernando Burgos, afirmó que el fallo de la Gran Sala no supone «un zafarrancho» para liberar a presos porque, a su entender, los tribunales «sí pueden seguir aplicando» la doctrina Parot, ya que el fallo de Estrasburgo «ni la prohíbe ni critica», sino que se refiere a un solo caso, el de Inés del Río, en el que «estima que hay una aplicación retroactiva».

En esta confusa situación, el pleno de la Audiencia Nacional se reúne hoy para estudiar qué hacer frente a la avalancha de recursos reclamando la excarcelación.

presos de ETA han presentado hasta ayer recursos ante la Audiencia Nacional reclamando su inmediata excarcelación, tras el fallo de la corte de Estrasburgo que ordenó la liberación de Del Río.