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TRIBUNALES

El TC niega el amparo a una embarazada despedida durante el periodo de prueba

:: A. E.
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El Tribunal Constitucional ha denegado el amparo a una trabajadora embarazada que fue despedida antes de finalizar el periodo de prueba, al concluir que en esas circunstancias no queda bajo la especial protección que el Estatuto de los Trabajadores otorga a las mujeres encinta. En la sentencia, el Constitucional señala que esa «especial protección» sólo es válida en caso de despido mientras que el periodo de prueba tiene un tratamiento jurídico distinto. «Si bien, como es obvio, esa facultad de desistimiento empresarial en el periodo de prueba no es omnímoda para el empresario, pues en ningún caso podrá dar lugar a que se produzcan 'resultados inconstitucionales'», dictamina el tribunal.

La extinción del contrato en periodo de prueba sería nula si se vulneraran derechos fundamentales, «como sucederá si la decisión empresarial es una reacción al embarazo de la trabajadora». Sin embargo, en este caso, «no existían indicios de discriminación, pues no ha quedado acreditado que la empresa conociera el embarazo de la trabajadora». La trabajadora tenía un contrato de seis meses con un periodo de prueba de dos y fue despedida por no alcanzar los objetivos de ventas.