Un embrollo jurídico que alumbró una doctrina
MADRID.Actualizado:Unai Parot, el etarra más sanguinario de la historia de ETA, estaba en la primavera de 2005 cerca de salir de la cárcel gracias al sistema entonces vigente de contabilidad de los beneficios penitenciarios pese a que ni siquiera había cumplido dos décadas entre rejas por los 4.799 años de prisión a que fue condenado por 82 asesinatos.
Parot había pedido a la Audiencia Nacional que refundiese sus penas en aplicación del Código Penal de 1973 y, a la vista de sus redenciones por trabajo, fijase una fecha de salida. La Sección Primera dictó un auto el 26 de abril de 2005 que, mediante una argumentación que el Supremo calificó después de «carente de cualquier fundamento» jurídico, obligaba al etarra a seguir en la cárcel al menos 20 años más. El rocambolesco auto indicaba que el jefe del 'comando Argala' había tenido dos períodos de actividad terrorista y con un lapso de inactividad de 1982 a 1984 entre medias.
Por ese motivo, la Audiencia Nacional indicaba que las penas se tenían que refundir en sus dos tramos de actividad y que por cada período tenía que cumplir un máximo de 30 años, menos el tiempo que redimiese, que es el tope de encarcelamiento del Código de 1973.
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, en la sentencia por la que resolvió el recurso de Parot contra la resolución de la Audiencia Nacional, tumbó el 28 de febrero de 2006 el engendro jurídico como el mismo fallo definió la solución de la doble acumulación de condenas inventada por el tribunal, pero, como contrapartida, evitó el excarcelamiento del etarra. Varió su hasta entonces jurisprudencia sobre el cómputo de los beneficios penitenciarios y dio a luz la nueva doctrina que se aplicó a más de un centenar de etarras y que adoptó el nombre de Parot.
La nueva doctrina no fue pacífica y tres de los quince magistrados del pleno, José Antonio Martín Pallín, Joaquín Giménez y Perfecto Andrés, la consideraron ilegal en su voto particular discrepante. En esencia, establece que los beneficios penitenciarios se descontarán de cada una de las condenas del delincuente, una detrás de otra, lo que en la práctica para asesinos y violadores múltiples supone agotar las tres décadas de estancia máxima en prisión.