El juez Ruz valida todas las pruebas de la investigación del 'caso Gürtel'
Estima que las diligencias que se practicaron no están contaminadas por las escuchas ilegales de Baltasar Garzón
MADRID. Actualizado: GuardarLa vastísima investigación del 'caso Gürtel' es legal. El juez de este gigantesco sumario, Pablo Ruz, ha dado por buenas todas las diligencias practicadas durante los casi cinco años de vida de esta causa al entender que todas esas indagaciones no estuvieron contaminadas por las escuchas carcelarias ilegales ordenadas por su predecesor en el juzgado, Baltasar Garzón, a inicios de 2009. En síntesis, Ruz sostiene que los registros y pinchazos telefónicos ordenados a los principales imputados no tuvieron su origen en las grabaciones en la cárcel de Soto del Real entre los acusados, entre ellos los cabecillas de la red Francisco Correa y Pablo Crespo, y sus abogados, que a la postre costaron la inhabilitación a Garzón tras ser condenado en 2012 por el Supremo por prevaricación.
El juez de la Audiencia Nacional con su resolución conocida ayer cierra una pieza sobre posibles nulidades que abrió en abril de 2010 el juez instructor del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), Antonio Pedreira. Esta es la primera de las piezas separadas que da por concluida Ruz, determinado en las últimas semanas a pisar el acelerador para terminar cuanto antes la instrucción del sumario central del que posteriormente derivó el caso conocido como 'papeles de Bárcenas'.
En la práctica, con su decisión de validar toda la instrucción del caso, el magistrado da por buenas algunas de las pruebas principales de este sumario que comenzó a salpicar al PP en 2009. En particular, el famoso 'pendrive' en el que el contable de la trama, Luis Izquierdo, anotó supuestos pagos a miembros de esa formación política o las grabaciones que el exconcejal del PP en el Ayuntamiento de Majadahonda José Luis Peñas hizo de manera subrepticia a Correa y en las que este aseguraba haber llevado más de mil millones de pesetas en metálico a la sede de la calle Génova 13 de Madrid para entregárselos a Bárcenas.
«Conexión»
En su escrito, el instructor, basándose en la doctrina jurisprudencial, explica que para hablar de la «conexión de antijuridicidad» que alegaban las defensas de los acusados para pedir la anulación de todo el proceso primero hay que acreditar que existe una causalidad entre las pruebas declaradas ilícitas y las diligencias cuya nulidad se plantea. En el presente caso, el magistrado recuerda que las grabaciones anuladas no se produjeron en el origen o el momento inicial de la investigación, sino «en un momento ulterior donde ya se habían acordado diligencias como intervenciones telefónicas, entradas y registros domiciliarios (con incautación del vasto policial actuante y unidades periciales de auxilio judicial) y otras derivadas».
Así, argumenta Ruz, «carece de todo fundamento y sustento la pretensión esgrimida por alguna de las partes de que sea declarada la nulidad de la totalidad de la instrucción, toda vez que difícilmente podrá argumentarse la existencia de una relación o conexión de causalidad entre las intervenciones de las comunicaciones en prisión declaradas ilícitas y el amplio conjunto de diligencias y actuaciones practicadas en fecha anterior y que convierte en estéril e innecesario el debate». A mayor abundamiento, el auto recuerda también que el volcado de las grabaciones posteriores a las escuchas de Garzón se hizo cumpliendo todas las garantías y que un informe pericial ordenado en su día por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid avaló que no hubo alteración o modificación de los archivos originales.
La única excepción de nulidad que admite el juez es la referente a la diligencia de entrada y registro en la celda de Correa y de su lugarteniente Pablo Crespo, diligencia derivada directamente de los pinchazos en prisión entre febrero y mayo de 2009, y que fueron declaradas ilícitas en su día por el Tribunal Supremo.
El visto bueno de Ruz a todas las pruebas de este proceso se produce tres meses después de que la propia Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional diera validez a las famosas grabaciones de Peñas a Correa que dieron origen a este sumario. Según explicó entonces la Sección Cuarta, en aquellas grabaciones ocultas no hubo «ni engaño ni presión» ni se obtuvieron datos que afectaran a la intimidad de los imputados.