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La Junta pide al TSJA que rectifique errores en la sentencia sobre el ERE en Delphi

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La Junta de Andalucía ha pedido al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que corrija los "notables errores materiales" que ha encontrado en una sentencia que afirma que hubo "irregularidades manifiestas" en la gestión y aplicación del ERE de Delphi.

En un escrito remitido al TSJA y al que ha tenido acceso EFE, la Junta pide que se rectifique la citada sentencia, que pide que se depuren "posibles responsabilidades penales" por estas "irregularidades manifiestas" en las autoridades laborales de la administración autonómica en la etapa en que fue autorizado el ERE de Delphi , que afectó en el 2007 a unos 1.800 trabajadores.

En concentro cita al viceconsejero de la Consejería de Empleo, al director general de Empleo y al delegado provincial de Empleo de la Junta en Cádiz. En su carta, la Junta hace especial hincapié en que la sentencia de la sala de lo contencioso administrativo del TSJA hace varias afirmaciones "erróneas" porque el expediente de Delphi "no fue autorizado por la Consejería de Empleo sino por el Juzgado de lo mercantil nº 1 de Cádiz en fecha 30-VII-2007", dado que la multinacional estaba en concurso de acreedores y en este supuesto "el auto del juez del concurso sustituye a la resolución administrativa de la autoridad laboral".

El gobierno andaluz enumera diversos errores de la sentencia, que hoy publica el Diario de Cádiz y que resuelve a favor de un exoperario de Delphi que recurrió la decisión de ser excluido de la percepción de la prejubilación.

Según explica la Junta, en su carta este trabajador figuraba "indebidamente" en la póliza correspondiente al ERE de Delphi pues no reunía "ni siquiera el requisito o condición elemental" para estar en ella, pues había sido despedido "con anterioridad" a este proceso y por ello se estaba beneficiando "de un plan de prejubilación" que no le correspondía.

Por ello el gobierno andaluz explica al tribunal que la sentencia se equivoca porque "ni el actor estaba incluido en el ERE de Delphi ni este ERE fue autorizado por la autoridad laboral; ni la autoridad laboral decretó quién estaba incluido válidamente en el mismo".

Por ello "su inclusión indebida en la póliza no deriva de una resolución administrativa en la que se hayan eludido los controles de legalidad del ERE, como se afirma en la sentencia", dice el escrito de la Junta al Tribunal.

La Junta también destaca que la sentencia se equivoca al citar en sus páginas "un protocolo de colaboración entre la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social y Mercasevilla", que "ninguna relación guarda con el asunto" porque "la empresa para la que trabajó el actor fue DELPHI , S.A. y no Mercasevilla".