Duras condenas a quien se lucre con la piratería
MADRIDActualizado:El nuevo Código Penal endurece el castigo a aquellas personas que persigan la explotación económica, reproducción, plagio, distribución y comunicación pública de una obra sin el permiso de los titulares, con ánimo de obtener un beneficio directo o indirecto (a través de publicidad, por ejemplo), así como facilitar el acceso a la localización de obras protegidas en Internet.
Para estos casos el texto prevé sanciones que pueden llegar a los seis años de prisión, al haberse apreciado una desproporción de penas entre estos delitos informáticos y otros que también atentas contra la propiedad intelectual.
Asimismo, en los delitos contra la piratería se agravará la pena contra los distribuidores mayoristas, mientras que los minoristas y vendedores al público, los populares ‘manteros’, se mantendrá las sanciones actuales: entre seis meses y dos años de cárcel y multa de 700 a 2.000 euros, pese a que la intención inicial era suavizar las sanciones.
La reforma penal señala que en ningún caso se actuará contra los usuarios o buscadores neutrales, ni contra los programas P2P que permitan compartir contenidos de una a otro ordenador de obras protegidas por la ley de propiedad intelectual.