Multa para los notarios que no avisen de cláusulas abusivas en las hipotecas
Los bancos y entidades financieras que cometan irregularidades pueden ser sancionados hasta con 600.000 euros
SEVILLA.Actualizado:Los notarios y registradores andaluces deberán advertir a los firmantes de hipotecas de la existencia de cláusulas abusivas o serán sancionados por la Junta de Andalucía. También se multará a los bancos y entidades que cometan irregularidades. Son dos de las principales novedades del anteproyecto de ley para protección de los derechos de consumidores en la contratación de hipotecas, que ayer aprobó el Consejo de Gobierno andaluz.
El anteproyecto, adelantado el lunes por este periódico, quiere «marcar la diferencia» y situar a Andalucía como pionera en la lucha contra los abusos cometidos por los bancos, dijo el vicepresidente y consejero de Administración Local y Relaciones Institucionales, Diego Valderas. Valderas y el portavoz del Gobierno, Miguel Ángel Vázquez, presentaron el texto, que vinculan a la protección otorgada por la ley antidesahucios, suspendida cautelarmente por el TC.
El anteproyecto, que se prevé que esté aprobado por el Parlamento «antes del 28 de febrero», dijo Valderas, se ampara en la competencia que otorga el Estatuto a la protección del consumidor, por lo que no espera recurso de inconstitucionalidad. El texto quedó pendiente de su aprobación por el Gobierno anterior y el vicepresidente Valderas ha puesto mucho interés en que saliera aprobado en la primera ocasión, ya que se trata de una de las apuestas políticas más claras de IU.
La nueva regulación protege los derechos del consumidor hasta el momento de la firma de la hipoteca. Así, quiere garantizar que toda la información llegue al usuario con la máxima claridad, que éste tenga un mayor plazo para comparar otras ofertas, un mes en vez de los 14 días actuales, y que éstas sean presentadas de acuerdo con unas normas claras e iguales para todas las entidades financieras. Se trata de implantar transparencia en unas transacciones que habitualmente son complejas, cuando no abusivas, como han dictaminado los tribunales respecto a las «cláusulas suelo». No ha sido consultada con la patronal de Banca, admitió el vicepresidente.
Quienes incumplan estas obligaciones podrán ser sancionadas con multas de hasta 600.000 euros o el quíntuple del valor del daño infligido. El reglamento de sanciones está pendiente de desarrollar y serán los técnicos de la Secretaría General de Consumo quienes inspeccionen a bancos y entidades.
La ley protegerá los derechos de los avalistas, que tendrán la misma información que quien suscribe el crédito y se les avisará de cualquier incidencia después de cerrada la operación.
Se crea un «contrato hipotecario de confianza», con la garantía de la Junta, que se pondrá a disposición de las entidades financieras.
También se crean nuevos documentos adicionales a los que exige la normativa estatal, el de Información Precontractual Complementaria y el de Información Personalizada Complementaria, así como el Indice de Documentos de Entrega Preceptiva, que indexará toda la documentación que los bancos deben facilitar al consumidor antes de que firme el crédito.
La norma establece que los servicios o productos accesorios como seguros de vida o de la propia casa no será obligatorio suscribirlos si no se han solicitado. Otro extremo novedoso es la obligación de informar en cinco días, por escrito y razonadamente, de la evaluación de la solvencia del consumidor y del avalista. Las escrituras podrán examinarse fuera del despacho del notario, por lo que se podrá tener una copia gratuita en la que consten todos los datos de relevancia.