Me caso: ¿tengo que declarar los 'sobres' de la boda?
No existe obligación de tributar por el dinero obtenido en un enlace matrimonial, aunque Hacienda puede recabar la información que considere necesaria para evitar fraudes de los cónyuges
Actualizado:¿Se imagina que, en vez de calcular el dinero que ha obtenido el día de su boda, a través de los regalos de los invitados, tuviera que realizar una lista con esas prebendas, por si tuviera que justificarlas ante Hacienda? No es una utopía; aunque tampoco dista mucho de la realidad. Los centenares o miles de euros que reciben los cónyuges recién casados en efectivo también tienen un recorrido fiscal. Veamos cuál es.
Desde un punto de vista estrictamente legal, un regalo de bodas "puede ser considerado como una adquisición a título gratuito", explica Antonio Paredes, experto tributario de Gestha. Es decir, que estas aportaciones generosas de amigos, familias y otro tipo de invitados implican una donación, que se encontraría gravada en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Existe una donación "cuando se produce la transmisión de la propiedad, usufructo o derecho real sobre un bien de una persona a otra sin que existe contraprestación a cambio", explica María Ángeles García, abogada de Araba especialista en derecho fiscal. (Más información en Finanzas.com)