El Supremo absuelve a un condenado por confeccionar pancartas de ETA
Considera que las huellas del acusado encontradas en el material adhesivo no son indicios suficientes para la condena
MADRIDActualizado:El Tribunal Supremo ha absuelto por falta de pruebas a Xavier Vidaurre del delito de enaltecimiento del terrorismo por el que la Audiencia Nacional le condenó a un año de cárcel por participar en la confección y exhibición de pancartas con fotos de presos de ETA en las fiestas de Galdakano (Vizcaya).
La sala de lo penal del alto tribunal ha optado por la absolución en aplicación del principio 'in dubio pro reo' (en caso de duda a favor del reo) al considerar que no son indicios suficientes para la condena las huellas del acusado encontradas en el material adhesivo con el que se elaboraron las pancartas.
Los hechos tuvieron lugar en las fiestas patronales de Galdakano a primeros de septiembre de 2010, cuando se colocaron dentro del recinto festivo cinco pancartas y un cartel con la leyenda 'Segi, en la lucha y organización, independencia y socialismo', así como fotografías de 15 miembros de ETA condenados.
En la sentencia del mes de enero, la sala de la Audiencia consideró que aunque no estaba acreditado que Vidaurre escribiera el texto de las pancartas, participó en su confección y exhibición, ya que sus huellas dactilares fueron halladas en el celofán y en el cartón de los carteles.
Aunque no se probó que el acusado fuera el autor material y directo de los textos de las pancartas, a juicio de la Audiencia Nacional su participación en la elaboración es suficiente como para considerarle culpable de un delito de enaltecimiento de terrorismo.
Sin embargo, el Tribunal Supremo no avala esta tesis y sostiene que "el indicio que sin ninguna duda representan las huellas no puede operar por sí solo" para determinar la condena "al estar desprovisto de la contundencia exigible a un indicio único".
Además, según el alto tribunal, "no ha habido testimonio alguno, propio o de terceros, que sitúe al acusado ni en la confección ni en la colocación de las discutidas pancartas".
Tampoco las testificales prestadas por los agentes de la Ertzaintza han permitido "llegar a otra conclusión", añade la sentencia del Supremo.