Es noticia:
ABCABC de SevillaLa Voz de CádizCádiz
nueva regulación

Los trabajadores a tiempo parcial tendrán pensión sin 15 años cotizados, aunque menor

El Ejecutivo abre la puerta a que los complementos a mínimos sean también inferiores a los de los trabajadores a tiempo completo

EUROPA PRESS
MADRIDActualizado:

El Gobierno ha remitido a los agentes sociales su propuesta sobre la nueva regulación de la protección -pensiones y subsidios- a los trabajadores a tiempo parcial y con contrato de fijo-discontinuo, en la que se establece un sistema para garantizar la proporcionalidad entre el cómputo de sus días cotizados, de los tiempos de carencia exigidos para acceder a una pensión y de su cuantía, con los de los trabajadores a tiempo completo.

De esta forma, según esta propuesta, para poder acceder a una pensión de jubilación, los trabajadores a tiempo parcial podrían acreditar menos de 15 años cotizados, como se exige a los trabajadores con jornada completa, aunque la prestación que obtendrían sería proporcionalmente menor. Además, el Gobierno abre la puerta a que los complementos a mínimos también sean inferiores.

Esta regulación viene a sustituir la normativa vigente desde 1998 hasta la sentencia del Tribunal Constitucional del pasado mes de abril que la declaró nula al entender que estos trabajadores tenían que contribuir más tiempo que los empleados a jornada completa para llegar a cubrir los tiempos mínimos de cotización para cobrar una prestación.

Para corregir esta deficiencia, el informe señala que es preciso tocar no sólo la forma de acreditar los días cotizados, sino también de forma "correlativa" las normas sobre cálculo y determinación de dichas prestaciones para evitar "efectos desproporcionados" en relación con las cotizaciones y con la "cuantía de las prestación reconocida", esto es, para no caer en una situación injusta esta vez en perjuicio de los trabajadores a tiempo completo.

Coeficiente de parcialidad

El Gobierno aborda en primer lugar las pensiones (jubilación, incapacidad permanente y muerte y supervivencia), y propone que se empiece a aplicar al tiempo total que el trabajador ha permanecido en alta como empleado a tiempo parcial un "coeficiente de parcialidad", que mide la proporción de jornada realizada en relación a la de un trabajador a tiempo completo.

Para ello, la empresa deberá comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social este coeficiente en el momento del alta del trabajador a tiempo parcial, para aplicarlo posteriormente a todos los días trabajados a tiempo parcial. El resultado se sumaría posteriormente a los días cotizados por el mismo trabajador a tiempo completo.

La suma de ambos tramos sería el total de días cotizados acreditados para cada comprobar que el trabajador cumple con la carencia necesaria para acceder a una de estas pensiones. Ahora bien, se establece entonces un "coeficiente global de parcialidad", que es la proporción de los días cotizados sobre el total de días de alta y que se aplicaría a su vez a los tiempos de carencia que se fijan con carácter general. Esta última cuestión abre la puerta a poder acceder a una pensión con un periodo de cotización acreditada de menos de 15 años.

En el caso de la base reguladora de las pensiones de jubilación, se aplicarían las normas generales y para quienes causaran la pensión en 2013 se les aplicaría el promedio de las bases de cotización en los últimos 16 años. Ahora bien, el porcentaje a aplicar sobre la base reguladora para calcular la cuantía de la pensión de jubilación varía en función de los años cotizados. Con 15 años se accede al 50% de la pensión, porcentaje que se va incrementando cada mes adicional en dos tramos hasta el 100%.

De esta forma, se tendrían en cuenta "los días efectivamente cotizados por cada trabajador a tiempo parcial, calculados en función de su coeficiente de parcialidad", señala el informe, sugiriendo que accediendo a la pensión con menos de 15 años cotizados, su cuantía sería proporcionalmente inferior. "