Concentración de los afectados por preferentes de Bankia a las puertas de un hotel madrileño donde intervenía ayer el presidente de la entidad. :: EFE
Economia

Más de la mitad de los preferentistas de la banca pública podrán ir al arbitraje

El FROB sostiene que las entidades nacionalizadas no precisarán más capital tras atender alrededor de 300.000 requerimientos

MADRID. Actualizado: Guardar
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Más de la mitad de los preferentistas que compraron estos títulos a entidades nacionalizadas podrán acudir al arbitraje, según fuentes del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) . Con datos del ministro de Economía, son unos 300.000, de los que un 60% corresponde a Bankia, pero las cifras no están ajustadas porque hay titulares de varias emisiones. Y es probable que el laudo les resulte favorable. Las mismas fuentes estiman que serán simbólicos los casos en los que un árbitro se desmarque de la recomendación del analista independiente.

El cómputo de los candidatos firmes al arbitraje en la principal referencia para segregar a los inversores minoristas. Quien depositó una cuantía máxima de 10.000 euros en este tipo de productos -participaciones preferentes o deuda subordinada- y más aún si traspasó los fondos de otras inversiones más conservadoras, como cuentas corrientes o depósitos a plazo, obtendrá, de entrada, la calificación de ahorrador inexperto, salvo excepciones.

Criterios. Para tranquilidad de los afectados, el FROB estima que quienes superen la prueba del analista independiente tienen un elevado porcentaje de probabilidad de que el árbitro emita un laudo favorable. Eso sí, la cuantía de la inversión realizada es determinante, pero no definitiva.

Puede haber ahorradores que, por encima de esa cifra, padecieron un proceso de comercialización claramente irregular y también es posible el caso contrario, es decir, que un inversor de pequeñas cuantías esté altamente especializado.

Capital. ¿Tienen recursos Bankia, y otras entidades nacionalizadas, para atender futuros pagos? Fuentes del FROB lo dan por seguro. Y añaden que no serán necesarias recapitalizaciones porque los bancos -tras las inyecciones recibidas- cumplen ya con creces las exigencias de capital del 9%, a lo que habrá que sumar el ratio de ingresos obtenidos y beneficios generados, junto a menores requerimientos por las ayudas.

Primeros pasos. Quienes suscribieron participaciones preferentes han de acudir a su entidad con los documentos acreditativos. Esta información se remitirá al consultor independiente que, sobre la base de los criterios emitidos, determinará si el ahorrador tiene opción a que el arbitraje concluya en un laudo favorable, y también calculará la cuantía a percibir. Será una cifra tasada, porque a la inversión se restarán intereses cobrados para equipararlos a lo que hubiera percibido de haber elegido un depósito 'conservador'.

Recursos. La entidad informará al cliente en el momento culminante del proceso. Entonces, ya con el máximo de información, habrá de decidir si firma el convenio arbitral o si, por el contrario, apuesta por la vía judicial.

La aceptación, según el FROB, implica renunciar al recurso a los tribunales en primera instancia, aunque la tutela judicial persiste. De hecho, un cliente siempre tendrá la opción de un procedimiento contencioso contra el laudo.

Plazos. Se ha estimado que en seis meses estará concluida la mayor parte del procedimiento. En los primeros 45 días se recibirán las peticiones, con prioridad para aquellos suscriptores de más edad, seguidos de los de menores ingresos y aquellos otros para los que la inversión represente una parte muy significativa de sus ahorros.

Otras entidades. En firmas nacionalizadas distintas de Bankia, los procesos están más avanzados. Pero si algún suscriptor se cree perjudicado respecto a los criterios marcados por el FROB, puede instar la revisión de su caso. En Liberbank no hay accionista público que tenga los derechos políticos, de manera que corresponde a la entidad decidir.

Deuda subordinada. Fuentes del FROB minimizan su impacto. Muchos inversores han alcanzado un nivel similar al que obtendrían en un laudo (del 94,5% al 98,5% del valor nominal en Catalunya Banc, por ejemplo). Las quitas, recuerdan, han sido aquí mucho menos agresivas.