Refrendo europeo a parar los desahucios por cláusulas abusivas
El Tribunal de Justicia de la UE confirma que el sistema hipotecario deja sin protección al consumidor y obliga al Gobierno a cambiarlo
MADRID.Actualizado:El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dio ayer el refrendo que un buen número de jueces españoles esperaban para paralizar desahucios cuando las entidades financieras hayan incluido en el contrato hipotecario cláusulas abusivas. En realidad, esto ya se podía intentar, aunque para ello se tenía que abrir un proceso paralelo en otro juzgado, lo que en la práctica generaba indefensión para el afectado porque era desalojado en la mayoría de los casos antes de dictarse esa segunda sentencia que reconociera la vulneración de sus derechos. Ahora, instado desde las instituciones comunitarias, el Gobierno se verá obligado a reformar la legislación vigente para unificar ambos procedimientos en uno solo.
Y es que los magistrados del TJUE consideran que la legislación hipotecaria española no protege los derechos del consumidor y, por lo tanto, no se adapta a la directiva 93/13/CE. Por ello, emplazan a sus colegas españoles a decretar la suspensión cautelar de los procesos de ejecución. Hasta ahora solo podían hacerlo directamente conforme a un elenco cerrado de motivos, y entre ellos no está las cláusulas abusivas. Para que se reconocieran, el deudor debía presentar otra denuncia en un juzgado distinto, que al actuar de forma tardía solía fallar después, de modo que como mucho declaraba su derecho a una indemnización, pero ya había perdido la vivienda.
«El régimen procesal español menoscaba la efectividad de la protección que pretende garantizar la directiva europea sobre cláusulas abusivas», dice la resolución del Tribunal de Luxemburgo, porque la indemnización que en el mejor de los casos recibirá el perjudicado «resulta incompleta e insuficiente, y no constituye un medio adecuado y eficaz para que cese el uso de esas cláusulas» por parte de los bancos.
Los magistrados de la UE responden así a una cuestión planteada por un juez mercantil de Barcelona. José María Fernández Seijo se encontró con el caso de Mohamed Aziz, que en 2007 firmó una hipoteca con Catalunya Caixa por 138.000 euros. Al año siguiente dejó de pagar tras perder su trabajo y la entidad aplicó unos intereses de demora del 18%, lo que le hizo imposible ponerse al día con los pagos. La caja ejecutó la hipoteca, adquirió el piso en subasta por el 50% de su valor y desahució al hombre y a su familia, que todavía deben 40.000 euros.
El abogado de Aziz planteó que los intereses de demora eran abusivos sin imaginarse entonces que ese alegato sería el empujón final necesario para reformar el sistema hipotecario español. Y el juez Seijo preguntó entonces al tribunal europeo si era compatible con la directiva 93/13/CE echar a un individuo de su piso sin tener en cuenta el carácter abusivo de las cláusulas en el contrato hipotecario que regula su relación con la entidad financiera.
El pasado mes de diciembre la abogada general del Tribunal de Luxemburgo, Juliane Kokott, determinó que las leyes españolas vulneraban la directiva comunitaria. Como en el 80% de los casos, los magistrados atienden a la letrada y ya entonces se preveía que la resolución final se apuntaría a esta tesis. Así ha sido.
Jurisprudencia abundante
Queda una cuestión por determinar. ¿Cuándo una cláusula es abusiva? Aquí los jueces europeos señalan que habrá que estar a cada caso concreto. En España ya ha habido varias resoluciones judiciales donde se determina que ciertos intereses de demora desorbitados sí lo son. Y también hay abundante jurisprudencia que apunta como abusivas las cláusulas suelo de las hipotecas. Pero el problema de peso es que no existe aún una jurisprudencia del Tribunal Supremo, de modo que un juez puede seguir entendiendo una cosa y otro justo la contraria.
En cualquier caso, y como se ha adelantado, la resolución europea tendrá dos efectos: de un lado, los jueces dejarán de ser meros ejecutores y podrán decretar la suspensión cautelar de los desahucios cuando entienda que las condiciones del contrato sean abusivas. Y esto es «inmediatamente aplicable», explicó ayer el presidente del Consejo General del Poder Judicial, Gonzalo Moliner. Además, destacó que el Gobierno deberá llevar a cabo varias reformas legales, entre ellas la de la Ley Hipotecaria, a fin de adaptarse a la regulación continental.
Desde el Ejecutivo, tanto Rajoy como el ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, mostraron su intención de cumplir con la resolución de Luxemburgo, aunque no fijaron plazos a la espera de conocer los términos del fallo. «Aprovechando que ahora hay una tramitación de un real decreto ley sobre desahucios en el Congreso para mejorar la situación, procuraremos adecuarlo a lo que allí se nos pide», dijo el presidente. El ministro, por su parte, señaló que «todos aquellos aspectos que el Tribunal de la UE haya declarado contrarios a la legislación europea serán corregidos». En este sentido, la Comisión Europea adelantó que contactará con las autoridades españolas para aclarar cómo pretenden cumplir con la sentencia.