El 12 de marzo comienza el juicio contra Ortega Cano por accidente de tráfico
La jueza sustituta Sagrario Romero se hace cargo del Juzgado de lo Penal número 6 de Sevilla y encausará al torero
SEVILLA. Actualizado: GuardarLa jueza sustituta Sagrario Romero será la encargada de juzgar a partir del día 12 de marzo al exmatador de toros y ganadero José Ortega Cano por el accidente de tráfico ocurrido el 28 de mayo de 2011, cuando su vehículo colisionó contra otro coche provocando el fallecimiento de un vecino de Castilblanco de los Arroyos identificado como Carlos Parra, hechos por los que la Fiscalía le pide cuatro años de cárcel.
Sagrario Romero releva de este modo en el Juzgado de lo Penal número 6 de Sevilla a Trinidad Vergara, que ha solicitado su traslado al Juzgado de Primera Instancia número 10. Magistrada de experiencia, ayer se incorporó al despacho.
El juicio contra Ortega Cano se celebrará los días 12, 13, 14, 15 y 19 de marzo, fecha en la que está previsto que concluya la vista oral con los informes de conclusiones del fiscal, la acusación particular y la defensa del exmatador de toros.
La Fiscalía de Sevilla solicita para el acusado cuatro años de cárcel y la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante seis años por el accidente ocurrido el 28 de mayo de 2011, cuando el Mercedes Benz R320 que conducía Ortega Cano colisionó frontalmente con el vehículo de la víctima en la carretera que une Burguillos con Castilblanco de los Arroyos.
Según el Ministerio Público, que le imputa un delito de homicidio imprudente en concurso con dos delitos contra la seguridad vial, uno por conducción temeraria y otro por circular bajo los efectos del alcohol, el exmatador de toros circulaba bajo los efectos del alcohol, lo que «le mermaba los reflejos necesarios para» conducir, «haciendo que su conducción fuera irregular, realizando maniobras arriesgadas para él mismo y los demás usuarios de la vía».
La defensa rechaza la prueba de alcoholemia, alega que conducía a una velocidad permitida y pide la libre absolución.