Lo que fue, es y debiera ser el antiguo INEM
Actualizado: GuardarLos tiempos y las cosas pasan, pero algunos nombres enraizados hasta los tuétanos permanecen. En Cádiz siguen vigentes los espíritus de la Plaza de Toros, de la Caja Nacional y de los Cuarteles de Varela. Si no, pruebe con un taxista y a ver a dónde les lleva si es que se atreve usted a usar sus nombres actuales. Con el INEM pasa algo parecido. Será porque nos hemos acostumbrado a convivir con el desempleo, que el organismo que gestiona la prestación que lleva su nombre, es parte integrante de nuestra vida.
El INEM lo creaba el Real Decreto-Ley de Gestión Institucional de la Seguridad Social, la Salud y el Empleo, en 1978, bajo los auspicios de los Pactos de la Moncloa. Se decía que la responsabilidad del Estado en problemas complejos como los del empleo, exige la creación de un Organismo específico que no diseccione el empleo, la formación profesional y la cobertura del desempleo en facetas de actuación distintas, haciendo de esta forma, operativas y congruentes las medidas de una política integral de empleo. Hasta 1978, la ordenación de los servicios de empleo estaba encomendada de forma fraccionada a diversos Ministerios, lo que dificultaba una política y toma de decisiones unificada. Todo ello justificó la creación del INEM.
Justo cuando se promulgaba la norma que lo creaba, se tramitaba en las Cortes la Constitución Española, que posibilitaba el desmantelamiento de lo que parecía «insoslayable» entonces. La vertebración del Estado en Comunidades Autónomas, volvía a fraccionar potencialmente las competencias que debían ser detentadas por un solo Organismo, por supuestas cuestiones de eficacia, eficiencia, racionalidad y coordinación. La asunción por las autonomías de las políticas activas de empleo certificaban de muerte el INEM entonces creado.
El INEM ha sido un eficiente y eficaz gestor de la prestación de desempleo o de políticas pasivas de empleo. La incursión en el mercado de trabajo de las agencias de colocación privadas en 2003 sin ánimo de lucro, significó un rotundo fracaso, lo que obligó a reconsiderarlas. La Ley de 2010, de Medidas Urgentes de Reformas del Mercado de Trabajo, cuyos objetivos descritos en su Exposición de Motivos eran, contribuir a la reducción del desempleo e incrementar la productividad de la economía española, posibilitaba la entrada de las agencias de colocación privadas con ánimo de lucro. Pero, la contrapartida gubernamental de aquel entonces para acallar conciencias sindicales, dotó de recursos financieros a los servicios autonómicos de empleo, para la contratación de 1.500 nuevos orientadores y otros 1.500 promotores de empleo. Ahora, los recortes exigen su amortización, al menos en parte.
La cuestión que ahora se plantea supone responder a la siguiente pregunta, ¿es eficiente y eficaz la intervención pública en la intermediación del mercado de trabajo? La respuesta tajante e indubitada es que no. Por mucho que insista el Defensor del Pueblo, la respuesta sigue siendo tajante e indubitada.