Retenciones o TAE, condiciones a tener en cuenta por el cliente
MADRIDActualizado:Al cliente le interesa concretar muchos detalles de los superdepósitos. Para empezar, no debe olvidar que las ofertas publicitan la retribución en Tasa Anualizada Equivalente o Efectiva (TAE), resultado de una fórmula matemática que incluye el tipo de interés, las comisiones y el plazo de la operación. Permite calcular la cantidad que realmente se liquida. Desde el punto de vista fiscal, los rendimientos de las imposiciones a plazo tienen ahora la retención correspondiente a la tributación creciente que desde este año 2012 se aplica a los rentas del capital. Pero es prácticamente seguro que no les afectará el nuevo gravamen a las plusvalías obtenidas en menos de un ejercicio, del que se excluyen dividendos e intereses.
El particular que suscribe un depósito tiene que prestar especial detalle a ciertas condiciones. Algunas contrataciones han de realizarse exclusivamente por internet, otras por teléfono. Una mayoría exige 'dinero nuevo', ya sea el que está en bancos o cajas de la competencia o se atesora fuera de las cuentas o productos que en la actualidad se tienen en esa entidad. Otros destinan la oferta a las renovaciones, con el propósito de evitar la fuga de clientes. Hay que estar vigilantes, porque un tercer grupo plantea que la cuenta abierta para el depósito pague una elevada comisión de mantenimiento, y por los escasos movimientos que en ella se realizan.
Un usuario se suele fijar en el tipo de interés y el momento en que se producen los pagos (mensual, trimestral o a vencimiento) pero presta menos interés a la posibilidad de cancelarlo anticipadamente y sus condiciones. El Banco de España no permite que el importe de la penalización por retirada antes de tiempo sea superior al de los intereses brutos devengados desde que se contrató el depósito hasta la fecha de la cancelación. Es decir que, en el peor de los casos, el cliente tendrá que renunciar a toda ganancia.