El ministro de Educación, José Ignacio Wert. / Archivo
Polémica sentencia

Wert abre el debate sobre la educación diferenciada por sexos

La Unesco sostiene que ésta "no supone una forma de discriminación" y por tanto, dice el ministro de Educación, "no debería haber tampoco diferenciación en la aportación de fondos públicos"

MADRID Actualizado: Guardar
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La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha dado la razón a la Junta de Andalucía y al último Gobierno de Cantabria que negaron el concierto a dos colegios en los que se imparte educación diferenciada por sexo, en dos recientes sentencias. En el primero de los fallos, el TS desestima el recurso de casación interpuesto por la Asociación de Padres de Alumnos del colegio Torrevelo (Cantabria) contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de esta comunidad (TSJC), de junio de 2011, que apoyó en su fallo la orden dictada por el Ejecutivo cántabro en la que negaba la subvención a este centro educativo.

En el segundo, el Alto Tribunal estima el recurso de la Junta de Andalucía contra la sentencia dictada por el TSJA por la que se acuerda aprobar el concierto educativo con el centro 'Elchato' de Brenes (Sevilla), anulando así la orden de 2009 sobre el cambio de criterios en la concesión de los conciertos, en la que obligaba a los colegios de educación diferenciada a convertirse en mixtos para continuar beneficiándose de las subvenciones.

En ambas sentencias, el Tribunal Supremo confirma las resoluciones de estas dos comunidades autónomas en torno a la denegación del concierto y la no renovación del mismo. Entre los argumentos, esgrime el incumplimiento del artículo 84 de la Ley Orgánica de Educación de 2006 relativo a la admisión de alumnos.

"Las administraciones educativas regularán la admisión de alumnos en centros públicos, privados y concertados de tal forma que se garantice el derecho a la educación, el acceso en condiciones de igualdad y la libertad de elección de padres y tutores (...)", reza este artículo, en cuyo apartado tercero precisa que "en ningún caso habrá discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social". Asimismo, dicha sentencia rechaza la interpretación "en algún modo sostenida" del derecho a la creación de centros privados sostenidos con fondos públicos y a intervenir en la selección de los alumnos.

La respuesta de Wert

El ministro de Educación, José Ignacio Wert, ha defendido este miércoles que se analice y debata la cuestión de la enseñanza separara por sexos, en el sentido de que no puede haber distinto trato en la financiación con fondos públicos si no hay discriminación en función de esa educación diferenciada. En una nota, Wert dice que el Gobierno "respeta y acata" las sentencias del Tribunal Supremo.

Sin embargo, señala, "hay que plantearse hasta qué punto el argumento de que la educación diferenciada supone discriminación entre los sexos es un argumento -según Wert- compatible con la Convención de la Unesco que firmó España contra la discriminación en la enseñanza". En esa convención "se sostiene que la educación diferenciada, siempre que no suponga una desigualdad de oportunidades para chicos y para chicas, no supone una forma de discriminación".

Así pues, el ministro considera que esta es la cuestión principal, porque, "si no hay discriminación en función de esa educación diferenciada, no puede haber tampoco diferenciación en la aportación de fondos públicos".