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excluye también a los 'sin papeles'

Sanidad deja sin tarjeta a las rentas superiores de 100.000 euros que no coticen

Elabora un borrador donde fija esta cantidad como límite para obtener asistencia sanitaria en España con cargo a fondos públicos

EUROPA PRESS
MADRIDActualizado:

El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad ha elaborado un borrador del proyecto de Real Decreto, por el que se regulan los requisitos del asegurado del Sistemas Nacional de Salud (SNS), donde se fija en cien mil euros de renta el límite para obtener asistencia sanitaria en España con cargo a fondos públicos, para aquellos que no hayan cotizado nunca a la Seguridad Social.

Fuentes de Sanidad han explicado que se trata del primer borrador que ha sido enviado a las comunidades autónomas para una primera valoración, con lo que, recuerda, "aún puede cambiar mucho". Asimismo, han querido puntualizar que, "mediante convenios especiales", se pretende que nadie se quede sin tarjeta sanitaria y sin asistencia sanitaria pública. Así, el proyecto excluye, además de a los 'sin papeles', a aquellos que superen los 100.000 euros, para lo que se tendrá en cuenta la totalidad de los rendimientos del trabajo, del capital, de actividades económicas y ganancias patrimoniales sujetos a gravamen.

En el caso de los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas con liquidación tributaria en España, que no hayan tributado a la Seguridad Social se tendrá en cuenta el importe consignado en la casilla de base liquidable general y del ahorro de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Convenio especial

Dentro del proyecto se observa que la prestación de asistencia sanitaria derivada de la suscripción de un convenio especial, dará opción a la prestación de asistencia sanitaria mediante el pago de la correspondiente contraprestación o cuota derivada de la suscripción de un convenio especial. Aunque tiene limitaciones, ya que las personas para su obtención deberán estar inscritas en el padrón del municipio en el que tengan su domicilio habitual por un período continuado de, al menos, un año inmediatamente anterior a la suscripción del convenio especial. Y no tener acceso a un sistema de protección sanitaria pública por cualquier otro título.

"Mediante orden de la persona titular del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad se regulará el contenido de los citados convenios especiales y, en particular, su vigencia temporal, cuota o contraprestación a satisfacer y servicios incluidos en los mismos", añade el texto.

El objetivo de ésta y otras medidas incluidas en el proyecto es completar el marco normativo vigente y establecer un régimen jurídico "más adecuado" que permita definir los supuestos de acceso al derecho a la asistencia sanitaria pública a través de las figuras del asegurado y del beneficiario, "y regular un mecanismo de reconocimiento de dicha condición que resulte de aplicación tanto a los españoles como a los ciudadanos de otras nacionalidades". "Es necesario no sólo mantener sino también reforzar la sostenibilidad del modelo sanitario", afirma, de modo que puede "protegerse" frente a las diferentes amenazas que pudieran quebrantarlo.