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Una trabajadora realiza labores domésticas en el domicilio donde está contratada. :: L. V.
Ciudadanos

Solo un centenar de empleadas del hogar son reguladas tras la reforma

El nuevo régimen de la Seguridad Social apenas logra sacar de la economía sumergida a un 5% de las trabajadoras en la provincia

E. MARTOS
CÁDIZ.Actualizado:

Sin gastos extras y bonificaciones para los primeros tres años. Bajo este reclamo entró en vigor hace ya dos meses el nuevo régimen de la Seguridad Social para empleadas del hogar, una manera de sacar de la economía sumergida a decenas de trabajadoras que se encargan de las tareas domésticas fuera de casa. Pero la medida apenas ha calado en la provincia, donde solo se han regulado a 108 personas en este tiempo, la mayoría de ellas veteranas en la labor que por temor a perder algún tipo de ayuda o la negativa de sus contratadores a hacerles un contrato no se encontraban dentro del sistema.

Según los últimos datos publicados por la Tesorería, un total de 2.953 gaditanas cotizan como empleadas del hogar, de ellas 1995 aún se encuentran en el antiguo régimen, mientras que otras 958 se han adherido al nuevo, integrado en el general. Ha sido precisamente durante el pasado marzo cuando se ha producido el mayor traspaso de trabajadoras, en torno a unas 300. El plazo para que todas estén integradas en el régimen especial termina el 30 de junio y en este tiempo habrá que hacer efectivo el cambio completo.

La asalariadas que realizan labores domésticas son mayoritariamente extranjeras -en torno al 54% del total-, muchas de ellas procedentes de Sudamérica y la Europa del Este, que buscan una mayor seguridad. El poder contar con un subsidio cuando están de baja ha sido una de las prioridades. Eso sí, no cobrarán el paro de momento, pero hay un compromiso para el futuro.

Requisitos

En cualquier caso, este nuevo régimen recoge que no podrán trabajar más de 40 horas semanales y se reconocerá la misma prestación por incapacidad temporal de la que goza el resto de los trabajadores en las situaciones de enfermedad o accidente no laboral a partir del noveno día de la baja a cargo de la Seguridad Social. La obligación de dar de alta será siempre del empleador, es decir, del cabeza de familia. Si hay varios empleadores, todos tendrá la responsabilidad de formalizar el contrato en el registro de empresario de la Seguridad Social y a actualizar los datos de su contratado.

Estará a cargo del titular de la familia el abono del subsidio por enfermedad o accidente no laboral desde el cuarto hasta el octavo día de baja. Si el empleador no asume todas estas responsabilidades (aunque la Inspección de Trabajo no deberá quitar ojo), el empleado podrá solicitar su inscripción formal. No importará que el trabajador doméstico emplee más o menos horas en limpiar una casa o en cocinar en varias, ni si lo hace a jornada completa o parcial, todos los empleados de este sector quedarán igualmente amparados por la nueva normativa y cotizarán desde la primera hora de trabajo.