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La Audiencia Nacional condena a un grupo punk por injurias al Rey

‘Ardor de Estómago’, en su canción ‘Una Historia Real’, llama en 16 ocasiones “hijo de puta” al monarca

MADRID Actualizado: Guardar
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El Juzgado Central de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a una multa de 900 euros a cada uno de los tres componentes del grupo punk ‘Ardor de Estómago’ como autores de un delito de injurias a la Corona en su canción 'Una historia real' -que 'YouTube' aún mantiene visible y no ha retirado de sus servidores- en la que, según recoge la sentencia, llaman “hijo de puta” y “bastardo” al Rey en hasta 16 ocasiones.

Los condenados son el guitarra Miguel García Granda, el batería Ibai Rivas Arbinaga, y el bajo Endika Berecibar Lacalle, quienes durante la vista oral celebrada el pasado 22 de marzo negaron ser los autores, compartir la letra o haber cantado nunca el polémico tema que terminó incluido en un cd editado en junio de 2010 por el Ayuntamiento de Segovia como premio por su participación en un concurso ‘IV Muestra de Música Joven’

“Quién mató a su propio hermano, con la escopeta de caza, quién disparó en circunstancias raras, raras. Quién fue nombrado sucesor, por un asqueroso dictador. Quién era el elefante blanco, que se llevaba bien con Franco… el hijo puta el rey Juan Carlos”, apunta, entre otras, la canción, que fue retirada del mercado por el Ayuntamiento de Segovia cuando conoció su contenido. Fue el propio consistorio el que, posteriormente, puso los hechos en conocimiento de la Fiscalía.

Según el fallo, que evita reproducir la letra completa del tema para “no multiplicar los efectos perniciosos del delitos de injurias a la Corona”, la canción está plagada de expresiones “obviamente hirientes e insultantes”, al margen de “imputar” a don Juan Carlos un “delito de homicidio” y “sibilinamente” acusarle de “cohecho, malversación y prevaricación para culminar imputándole directamente y sin ambages la autoría de un delito de rebelión militar” en relación al golpe de Estado del 23F.

Para el juzgado, el hecho de que los tres condenados del grupo vasco-asturiano negaran conocer quién era el autor de la canción no tienen ninguna importancia. “Las expresiones proferidas son tan manifiestamente injuriosas para cualquiera que es penalmente irrelevante que no fueran ideadas por ellos o por alguno de ellos”, señala el texto. “No puede eximirse de injuria el que alega que la expresión o el conjunto de expresiones ofensivas es creación de otro u otros, máxime en este caso cuando la vejación es palmaria”, apostilla el fallo.

“Los acusados se han excedido y en mucho de la crítica política, cayendo y descendiendo hasta el vilipendio y escarnio personas para censurar la monarquía parlamentaria", abunda la sentencia, que recuerda que los tres encausados son universitarios con estudios superiores “lo que refuerza la reprochabilidad del acto al no ser desde luego personas marginales o iletradas que pudieran argumentar desconocer la gravedad de las expresiones proferidas".

El titular del juzgado, José María Vázquez Honrubia, considera inverosímil la tesis de la defensa de los tres imputados de que el CD fuera manipulado para implicar a sus clientes. El juez apunta que es “no hay ninguna duda razonable” de que el disco aportado por el ayuntamiento con la canción no es el “genuino”.

Vázquez Honrubia reconoce que no es posible imputar por el mismo delito contra la Corona a los responsables del consistorio segoviano porque nunca tuvieron “animus injuriandi”. Eso sí reprocha al consistorio su falta de supervisión de aquel CD, ya que "de haber funcionado un mínimo control o filtro, el CD no se habría editado, ni desde luego difundido".

La Audiencia Nacional rechaza la petición de la acusación particular ejercida por la Fundación Danaes de condenar a los imputados por un delito agravado de injurias contra la Corona, entre otras cosas porque no fue una ofensa en persona al Rey.

La Fiscalía había solicitado para los tres músicos una multa de 1.800 euros (el doble de la cantidad a la que han sido condenado) mientras la acusación popular elevaba esa cifra a 288.000 euros, más otros 100.000 de indemnización para la Casa Real.