Jerez

Siete años y medio de cárcel por apuñalar a su primo en Año Nuevo

El juez insta a que se abra un proceso penal contra la víctima y varios familiares por falso testimonio

JEREZ. Actualizado: Guardar
Enviar noticia por correo electrónico

Una familia de San Juan de Dios nunca olvidará el 1 de enero de 2011, cuando mientras estaban festejando el Año Nuevo ocurrió un percance entre dos de sus miembros que apunto estuvo de acabar en tragedia. Uno de ellos, de hecho, sufrió una grave puñalada por la que hace unas semanas se sentó en el banquillo su primo, acusado de un delito de homicidio en grado de tentativa. Ahora, la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Jerez le ha condenado a siete años y medio de prisión por esta causa.

Los hechos se remontan a las 23.00 horas del citado día, como consta en la sentencia, cuando la víctima se encontraba con varios parientes en una plaza de la calle Doctor Girón Segura, celebrando la entrada de 2011. En un momento determinado el condenado, Josué T. S, mayor de edad, sin antecedentes penales y primo del denunciante, se acercó y le llamó diciéndole que tenía que hablar con él.

Fue entonces cuando ambos se apartaron del grupo y se alejaron unos metros. De repente, sin mediar palabra ni discusión entre ambos, el agresor comenzó a golpear a la víctima y ésta se defendió, por lo que en el fragor de la pelea el primero cayó al suelo. En ese instante se levantó con un arma blanca en la mano y se la clavó a su primo en la zona costal izquierda, tras lo que se dio a la fuga. El arma no pudo ser localizada por la Policía.

A consecuencia de este ataque, el perjudicado sufrió una herida punzante con perforación de víscera, laceración renal e insuficiencia respiratoria aguda, que constituyó un verdadero riesgo para su vida. En cuanto a su curación, requirió de un tratamiento médico y quirúrgico y 120 días de sanación, de los que 17 estuvo hospitalizado y 43 más impedido para sus ocupaciones.

Por todo ello el juez condena a Josué T. S. a siete años y medio de cárcel, por un delito de homicidio en grado de tentativa con el agravante de abuso de superioridad. Cabe destacar que en el fallo, el magistrado acuerda deducir testimonio de cuatro testigos, entre ellos la propia víctima, para depurar las posibles responsabilidades penales en que hayan podido incurrir. Esto quiere decir que el tribunal entiende que han prestado falso testimonio en el juicio, y por ello remitirá una copia sellada del mismo al juzgado de instrucción correspondiente, con el fin de que abra un procedimiento penal.

Y es que a pesar de la sentencia condenatoria, el juez explica que en la vista ninguno de ellos (familiares del agresor y la víctima) reconoció haber presenciado el momento de la puñalada, e incluso el herido testificó que no recordaba bien quién le atacó, porque había consumido grandes dosis de cocaína. Sin embargo, cuando se presentó de forma voluntaria en la Comisaría para denunciar los hechos sí señaló a su primo como el autor de los mismos.

Algunos de sus familiares también reconocieron en la fase de instrucción haber sido testigos del altercado, si bien ninguno de ellos aseguró haber visto el momento concreto de la puñalada. En el juicio, por contra, lo negaron todo y el tribunal ha decidido darle credibilidad al testimonio prestado en aquella fase, frente al facilitado en la sala de vistas.