![](/cadiz/prensa/noticias/201203/14/fotos/9078081.jpg)
Interior defiende la excarcelación del etarra con dos asesinatos
Asegura que cumple la ley porque Astarloa ha cumplido las tres cuartas partes de su condena y ha roto con la banda terrorista
MADRID. Actualizado: GuardarNo hay ninguna nueva vía para excarcelar presos de ETA con delitos de sangre. Se trata de aplicar de manera «estricta» la legalidad. El Ministerio del Interior negó ayer que promueva la libertad condicional para internos terroristas con delito de asesinato. La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias aseguró que la propuesta de que el etarra Fernando de Luis Astarloa, condenado a 58 años de cárcel por dos asesinatos en la década de los ochenta, pueda acceder a la libertad sin restricciones no es más que fruto la normativa vigente, que establece en las «juntas de tratamiento la obligación de iniciar y someter al juez de Vigilancia el expediente de libertad condicional de aquellos penados que han extinguido las tres cuartas partes de su condena», como es el caso de Astarloa.
El departamento que dirige Ángel Yuste explicó en una comunicado que la decisión de conceder el tercer grado -régimen de semilibertad previo a la excarcelación- se produjo el 20 de octubre de 2011, «con el anterior Gobierno», sin que ello suponga que los actuales responsables de Interior «cuestionen su estricta legalidad». Según recuerda Instituciones Penitenciarias, fue la Junta de Nanclares, cerca de Vitoria, todavía con el anterior Gobierno, la que elevó el 21 de diciembre -un día antes de la llegada del equipo de Mariano Rajoy- el expediente al Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria.
El Ministerio aseguró que «no existe estrategia alguna que abra la libertad condicional a ningún asesino» porque la administración penitenciaria está obligada a proponer la libertad condicional si el recluso cumple con los requisitos «estrictamente reglados que exige el Código Penal». En el caso de los terroristas, y según la reforma que introdujo la Ley Orgánica 7/2003 en el Código Penal y en la Ley General Penitenciaria para el «cumplimiento íntegro de las penas», los internos podrán salir a la calle sin restricciones solo si, una vez cumplida el 75% de su condena, se reinsertan, piden expresamente perdón a las víctimas, reniegan de ETA, aceptan pagar las indemnizaciones de sus atentados y se comprometen a colaborar con la justicia.
Este es el caso, explicaron fuentes gubernamentales, de Astarloa, que incluso con la aplicación de la denominada 'doctrina Parot' ya saldó las tres cuartas partes de su condena y desde hace meses está expulsado de ETA por firmar en enero de 2010, junto a otros cinco presos de la banda, una carta en la renegaba públicamente de la organización. A ello se suma el hecho de que desde hace año y medio ya goza de beneficios -como estar en prisión solo para dormir- sin que haya habido ningún problema.
Será el juez
En cualquier caso, recordó ayer Instituciones Penitenciarias, será el juez de Vigilancia Penitenciaria, José Luis Castro, el que tras, examinar el expediente y ver si se cumplen estos requisitos, el que decida si concede finalmente la libertad a Astarloa. Una decisión, recalcó Interior, que podrá ser recurrida por la Fiscalía o por el propio preso, pero nunca por la administración penitenciaria.
Antes de fallar si excarcela o no al interno terrorista, Castro deberá tener una audiencia con la familia de sus víctimas, si estas así lo desean, para escuchar su parecer, que en ningún caso será vinculante. Según explicaron ayer fuentes judiciales, el juez de Vigilancia Penitenciaria ya ha pedido a la Oficina de Víctimas de la Audiencia Nacional que localice a los allegados de sus dos asesinados, el peluquero Agapito Sánchez Angulo, muerto en Portugalete en 1985, y el taxista Juan José Uriarte, fallecido ese mismo año en Bermeo.