Condenan a los Flores a 23 años por el crimen de la Junta de los Ríos
Los cuatro cabecillas robaron y lesionaron a Antonio y asesinaron a Catalina, gracias a la información aportada por el resto del clan
JEREZ.Actualizado:Solamente una de las ocho personas procesadas por el crimen de la Junta de los Ríos ha salido indemne; el resto de miembros de la familia Flores que se sentaron en el banquillo han sido condenados por la Sección Octava de la Audiencia Provincial, unos por autores y otros por cómplices, a 23 años y tres meses de cárcel y a un año y tres meses, respectivamente. Los considerados cabecillas, como era de esperar, hacen frente a la pena más abultada por un delito de robo con violencia con instrumento peligroso y en concurso con otro de allanamiento; un delito de lesiones con el agravante de abuso de superioridad y un delito de asesinato.
Se trata de los hermanos José, Francisco y Fernando Flores Nieto y de su sobrino José Flores Heredia, a los que el juez apunta como responsables directos del violento episodio que acabó con la vida de Catalina Ruiz Pato y dejó malherido a su pareja, Antonio Estrada Iriarte. En lo que se refiere a los demás imputados, condena a Serafín Navarro Mesa, a su mujer Rafaela Flores Nieto y a la hermana de ésta, Isabel Flores Nieto, como cómplices del delito de robo con violencia, absolviendo a Carmen Navarro Mesa ante la falta de pruebas que la vinculen con los delitos.
Según consta en la sentencia, a la que LA VOZ ha tenido acceso, estos tres cómplices pertenecientes al peligroso clan mantenían una relación de amistad con la pareja, a raíz de que Serafín hubiera realizado numerosos tratos comerciales con Antonio. Por ello, conocían las costumbres de ambos, incluidos sus horarios y también los temores de Catalina sobre la posibilidad de que el ganado se escapara. Unos datos que facilitaron al resto de los condenados sabiendo que éstos iban a utilizar dicha información para perpetrar el robo, si bien desconocían la fecha y demás circunstancias del mismo.
Plan violento y despiadado
Con esta información, como se detalla en la sentencia, los dos José, Francisco y Fernando acordaron un plan encaminado a sustraer el dinero que tuviera la pareja como consecuencia de los negocios de Antonio, en el que cada uno desempeñaba un papel «asumiendo el despliegue de una actividad violenta y las consecuencias de la misma y aprovechando las circunstancias de superioridad numérica y que las víctimas eran dos ancianos y vivían solos». Así, el fatídico 9 de noviembre de 2007 se presentaron en la vivienda de la pareja, ubicada en la barriada rural Junta de los Ríos (Arcos), y tras ocultarse en unos eucaliptos comenzaron a gritar: «¡Antonio, el ganado está fuera!».
Cuando la víctima salió fue abordado por los dos José Flores, que le sujetaron por detrás para inmovilizarle mientras Fernando Flores, que llevaba puesta una mascarilla (los demás iban con pasamontañas), le golpeaba y le causaba cortes en la cara con un arma blanca exigiéndole que le entregase el dinero. Seguidamente, le pusieron un trapo en la boca con algún tipo de sustancia que le dejó semiinconsciente y lo arrastraron hasta la casa, de donde se llevaron una suma indeterminada de dinero y joyas.
Mientras esto ocurría, el cuarto asaltante, Francisco Flores, se dirigió a Catalina que en ese momento intentaba huir y la redujo de manera violenta, provocándole lesiones e infringiéndole una herida por arma blanca en el cuello, donde a continuación le propinó una patada con el fin de causarle la muerte. Como consecuencia de ello la mujer, que tenía ocho hijos y convivía con su pareja desde hacía 17 años, perdió la vida.
Además de las penas mencionadas anteriormente, el magistrado de la Audiencia Provincial ha condenado a estos cuatro individuos a que indemnicen a Antonio conjunta y solidariamente por las lesiones ocasionadas con la cantidad de 61.112 euros, más otros 109.144 euros como pareja de hecho de la víctima mortal. En cuanto a los hijos de ésta, deberán pagarles 8.268 euros a los mayores de 25 años en la fecha de los hechos y 16.537 a los menores. Asimismo, el juez les prohíbe aproximarse al anciano a menos de 300 metros y comunicarse con él durante un periodo de ocho años.