Consejo de Ministros

El Gobierno suprime el canon digital

El Ejecutivo lo sustituye por un sistema compensatorio de la copia privada que deberá regular en dos meses

MADRID Actualizado: Guardar
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El canon digital es historia. Ocho años después de su polémica implantación, el Gobierno acordó su supresión en el segundo Consejo de Ministros de la era Rajoy, que aprobó sustituirlo por un sistema de compensación de copia privada cuyos criterios se fijarán un real decreto en un plazo de dos meses. También aprobó la creación de la Comisión de Propiedad Intelectual con el reglamento que contemplaba la 'ley Sinde'. Una normativa, que como anticipó el titular de Educación y Cultura, José Ignacio Wert, actuará "contra quienes se lucran indebidamente con las descargas". Permitirá a un juez clausurar en 72 horas una página de descargas ilegales que no hubiera atendido la reclamación previa de "interrupción de servicios o retirada de contenidos" por parte de la comisión.

"El Gobierno cumple su compromiso electoral de suprimir el canon" se ufanó la vicepresidenta Soraya Sáenz de Santamaría, quien comunicó ambas medidas, recibidas con cautela por los internautas.

¿Retroactivo?

Víctor Domingo, presidente de la Asociación de Internautas (AI), apeló a la prudencia, a la espera de confirmar si, como su asociación reclama, la medida sobre el canon tiene "carácter retroactivo" y se resarce por lo recaudado por las entidades de gestión de derechos en estos ocho años. Para los internautas, la supresióndel un gravamen "ilegal, indiscriminado y arbitrario" era "necesaria" y "consecuente" con el programa electoral de PP. Su efecto retroactivo es "necesario y obligatorio".

La maltrecha 'Ley Sinde' que Zapatero no quiso finalmente desarrollar y que tenía en pie de guerra a los internautas, 'resucitó' mediante la regulación de la Comisión de Propiedad Intelectual que debe proteger los derechos de los creadores.

La comisión se organiza en dos secciones. La primera "ejerce funciones de mediación y arbitraje" y es "un instrumento idóneo para las resolución extrajudicial de controversias". Tendrá tres miembros, que han de ser "expertos de reconocida competencia en materia de propiedad intelectual".

Con seis miembros de cuatro ministerios, y presidida por el Secretario de Estado de Cultura, la segunda establece un procedimiento administrativo y judicial que contempla la intervención del juez en dos momentos: cuando no se pueda identificar a los responsables de la vulneración de derechos, o cuando se incumpla el dictamen de retirada de contenidos. En este segundo supuesto, si los autores de la vulneración no cumpliesen voluntariamente la orden en 24 horas, se solicitará al juez "que autorice la ejecución de estas medidas, que deberán ejecutarse en el plazo de 72 horas desde la ejecución del auto". El juez podrá pedir entonces a las operadoras que corte el servicio a la web o bloquee su acceso.

Según Saénz de Santamaría, con el reglamento "se cumple con la Ley de Economía Sostenible" que el PP apoyó y se protege la propiedad intelectual "frente al expolio lucrativo". "Sólo se actuará, y siempre con la correspondiente protección judicial, contra quienes indebidamente se lucran de los derechos de propiedad intelectual de otros" insistió la vicepresidenta. Destacó también como con esta medidas "España entra en el estándar internacional de lucha contra la piratería".

El presidente de los internautas espera que esta comisión permita "alcanzar soluciones" a través de un debate "que aclare muchos puntos oscuros". A la espera de conocer los detalles, anticipó que sería "inadecuada" si mantiene el "papel que pretendía la ley Sinde". Espera que la norma defina con claridad "qué descargas son las ilegales" ya que recodó que hoy por hoy "el intercambio de archivos con obras con derecho de autor no es ilegal en España.

Reveses

El canon se estableció en España en 1987 para compensar a los autores por la copia privad de de sus obras realizada por particulares. En los últimos dos años había sufrido serios revese legislativos de instancias europeas y españolas. En marzo pasado la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional declaró nula la orden ministerial de junio de 2008 que regulaba el gravamen.

En octubre de 2010 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaminó que el canon, tal como se aplicaba en España, era "abusivo" y "no conforme" al Derecho comunitario al aplicarse "de forma indiscriminada" sobre soportes de reproducción adquiridos por empresas y profesionales para fines distintos de la copia privada.

Cuatro mese después la Audiencia de Barcelona dictaba la primera sentencia que asumía la doctrina del tribunal europeo, eximiendo a la firma 'Padawan' de pagar los 16.759 euros que la SGAE le reclamaba en concepto de canon digital por la venta de soportes digitales. El congreso voto en julio la supresión de esta tasa.

La ley estableció que el fabricante debería pagar el canon que comenzó a aplicar sobre soportes analógicos hoy obsoletos -las cintas de casete y de vídeo VHS- y que se trasladó luego a los emergentes soportes digitales. La reforma de la Ley de Propiedad Intelectual de 2006 extendió el canon a todos los soportes digitales mediante una tarifa que regulaba cada dos años una orden ministerial conjunta de Industria y Cultura.