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El reglamento de la Denominación de Origen del jerez se adapta a las normas de la UE

L. V.
JEREZ.Actualizado:

La Consejería de Agricultura ha aprobado los reglamentos y pliegos de condiciones de las denominaciones de calidad vínicas preexistentes a la entrada en vigor de la actual OCM del sector, con lo que culmina el proceso de adaptación de las mismas a los requisitos que actualmente se exigen desde la Comisión Europea.

Con esta normativa que regula el mercado surge una «nueva exigencia» para las denominaciones de calidad que amparan vinos, ya que ahora deben contar con un pliego de condiciones adaptado a la reglamentación europea en el que se detallan las características y los requisitos de elaboración exigidos para cada uno de sus vinos.

En total entró ayer en vigor, tras su publicación en el Boletín Oficial de la Junta (BOJA), la normativa específica relativa a las 24 denominaciones vínicas andaluzas, entre las que se encuentran seis Denominaciones de Origen (DO) -las del jerez y la manzanilla entre ellas-, dos Vinos de Calidad y 16 Vinos de la Tierra (como los vinos de la Tierra de Cádiz).

Estas menciones ya cuentan con protección a nivel europeo al estar incluidas en el registro comunitario de Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas de vinos.

En el caso de las Denominaciones de Origen, su normativa específica incluye el reglamento de funcionamiento del Consejo Regulador en el que se establece la representatividad de los productores y elaboradores de las distintas denominaciones que gestionan, tanto vínicas como de productos como vinagre o vino aromatizado.

La normativa supone un avance «muy significativo» en la mejor caracterización de los vinos andaluces de cara a la certificación de estos productos y, por tanto, aportará «mayores garantías» a los consumidores que apuesten por estos vinos.