Economia

¿Cómo se hace? ¿Cuánto se paga?

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La nueva regulación sobre empleados de hogar es más garantista que la anterior y obliga desde la primera hora de trabajo. El responsable de solicitar el alta es el empleador.

1. ¿Qué se debe hacer para formalizar la relación laboral ?

Dirigirse a una oficina de la Tesorería de la Seguridad Social para solicitar un Código de Cuenta de Cotización y presentar el documento para solicitar el alta -o en su caso la baja- del trabajador.

Tiene un plazo de seis meses para adaptarse a la nueva normativa. Si el trabajador ya está dado de alta en el sistema, deberá comunicar antes del 1 de julio los datos necesarios Entre ellos, será esencial comunicar la retribución del empleado.

El trabajador deberá recibir en metálico, como mínimo, el salario mínimo interprofesional (SMI) a jornada completa (641,40 euros al mes por catorce pagas, 8.979,60 al año). Los descuentos por manutención y alojamiento, si procedieran, nunca deberán rebasar el 30% del salario total. Y respecto a las subidas, deberán fijarse de común acuerdo.

A partir de ahora es obligatorio que sea por escrito y como norma general será indefinido (los temporales se rigen por los criterios fijados en el Estatuto de los Trabajadores). El contrato deberá ser entregado a la Seguridad Social. Para las relaciones laborales ya existentes, hay un año de plazo para formalizarlos.

Cada uno de los diferentes titulares de los hogares deberá darle de alta y todos ellos cotizarán en función del salario que paguen.

Basta con el desistimiento. Debe comunicarse por escrito y en los nuevos contratos conlleva indemnización de doce días por año -los ya existentes, siete días-, con máximo de seis mensualidades.