ESPAÑA

El Supremo confirma que Troitiño no debió ser excarcelado hasta 2017

MADRID. Actualizado: Guardar
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Antonio Trotiño, el etarra condenado a cerca de 3.000 años y que se encuentra en paradero desconocido desde que saliera de la cárcel el pasado abril, no debía haber sido excarcelado hasta dentro de cinco años. El Tribunal Supremo ha confirmado el acuerdo de la Audiencia Nacional que en marzo, antes de su salida a la calle, fijó que la fecha de extinción de su condena debía ser el 7 de enero de 2017 en aplicación de la 'doctrina Parot', que obliga que el descuento de los beneficios penitenciarios se haga sobre el total de la condena impuesto y no sobre los 30 años de máximo de cumplimento.

Esta sentencia rectifica de plano la interpretación que hizo que la Sección Tercera de la Audiencia, cuando ordenó en abril la excarcelación del recluso, tras cumplir 24 años de condena, al aceptar aplicar al terrorista la doctrina del Constitucional de 2008, conocida como la de «doble cómputo de la prisión preventiva». El juez Luciano Varela ha planteado un voto particular. Varela recuerda que en 2000 se aprobó la liquidación de la condena para el terrorista y estableció que debía ser excarcelado en 2011, porque entonces no existía la doctrina Parot, que data de 2006, y no cabe aplicar una interpretación desfavorable con efectos retroactivos.