Es noticia:
ABCABC de SevillaLa Voz de CádizJerez
Jerez

Abierta la convocatoria ordinaria para la tasa de agua, alcantarillado y basura

L. V.
JEREZ.Actualizado:

El Ayuntamiento de Jerez abre el periodo ordinario de presentación de solicitudes para optar a la bonificación de la tasa del agua, alcantarillado y basura. Esta convocatoria ordinaria va dirigida a la población que reúna los requisitos exigidos. El plazo de recogida y presentación de las solicitudes comienza este próximo 2 de noviembre y finaliza el 30 de diciembre, en horario de 9.30 a 13.30 horas, y puede realizarse en todos los centros cívicos, en la sede de la Delegación de Bienestar Social, Igualdad y Salud (calle Doctor Fleming) y en la Oficina de Atención al Ciudadano (OAC) de la calle Consistorio.

El Ayuntamiento comunica que todas las personas que hayan presentando solicitudes para la convocatoria extraordinaria del pasado 15 de septiembre al 30 de septiembre de 2011 deberán volver a presentar una nueva solicitud para esta convocatoria ordinaria, cuya bonificación corresponde al año 2012.

Requisitos

Las personas solicitantes de esta bonificación de la tasa del agua, alcantarillado y basura deben tener su residencia habitual y empadronamiento en el domicilio objeto de solicitud de bonificación. Este requisito es fundamental porque no se aprobarán solicitudes en las que no coincidan domicilio de contrato y domicilio de empadronamiento. Asimismo, junto a la solicitud se exigirá documentación de todos los miembros de la hoja padronal, por lo que si la situación real no coincide con el empadronamiento se recomienda modificar el mismo en la OAC, antes de presentar la solicitud.

También es necesario disponer de contador individual de agua en el domicilio, tributando por tarifa doméstica. De igual modo, no se debe exceder el consumo de 4 metros cúbicos al mes por miembro de la unidad de convivencia.

Por otro lado, la persona demandante de la bonificación deberá hallarse en una situación económica especialmente desfavorecida: a tal efecto se considerará que reúnen dicha condición las unidades de convivencia que no superen los límites de ingresos totales en cómputo anual en relación al Iprem (relativo a la anualidad 2010) y en función del número de miembros, conforme a la tabla indicada.

Todo ello salvo acreditación personal de los siguientes supuestos especiales que ampliarán hasta en un 10% el límite de ingresos establecido (para los mayores de 65 años, los que presenten una discapacidad igual o superior al 65 %, las víctimas de violencia de género o las unidades monoparentales).