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El magistrado de Sevilla, Francisco Serrano./ Efe
justicia

Condenan al juez Serrano por modificar la custodia de un menor para que asistiera a una procesión

El TSJA inhabilita al magistrado de Sevilla durante dos años, pero pide un indulto parcial

CECILIA CUERDO
SEVILLAActualizado:

El Tribunal superior de Justicia de Andalucía ha condenado a un juez de Sevilla, Francisco Serrano, a dos años de inhabilitación por alterar el régimen de custodia de un menor a fin de facilitar que pudiera participar en una procesión de la Semana Santa. El alto tribunal andaluz considera al magistrado autor de un delito de prevaricación no intencionada, por lo que propone al Gobierno que le conceda el indulto parcial y reduzca una pena desproporcionada para el daño causado. La madre del niño, que fue quien denunció, solicitaba veinte años de inhabilitación, por lo que se plantea recurrir la sentencia ante el Supremo.

El fallo considera que el magistrado, polémico por haber cuestionado la Ley de violencia de género y el elevado número de falsas denuncias, actuó de forma "imprudente" porque omitió varios trámites procesales aunque matiza que no buscó "lesionar ningún derecho a sabiendas".

A lo largo de 26 páginas, el alto tribunal andaluz apunta que Serrano pecó de "desatención, ligereza y falta de cuidado" en conocer de forma exacta la dimensión del conflicto que existía entre los padres divorciados del menor, lo que determinó la "vulneración" de las normas "esenciales" del procedimiento. De esta forma, cuando resolvió cambiar el régimen de custodia del menor actuó de forma "manifiestamente injusta" y dictó una resolución "atemporal y precipitada" en la que de forma "apresurada" niega derechos individuales sin que hubiera peligro o perjuicios inminentes.

El Tribunal también cuestiona que el juez Serrano contribuyera a situar el caso en el ojo del huracán de los medios de comunicación antes incluso de que se produjera la salida procesional del menor.

Indemnización para la madre

Una exposición pública del niño y su madre que, a juicio de la sala, dañó moralmente a la progenitora, que tuvo que soportar "críticas y comentarios vejatorios". Por ello, tendrá que indemnizar a la progenitora con 4.000 euros. La madre, que ejercía como acusación particular, acusaba además al magistrado de haberse hecho con el caso a través de una supuesta maniobra urdida en connivencia con el abogado del padre en la separación, quien conocía al juez Serrano, aunque ambos lo negaron en la vista.

Pese a todo, estima que dos años -pena mínima para este tipo de delitos-- es una condena "demasiado severa" y desproporcionada para el daño causado, y propone que se solicite al Gobierno el indulto parcial para que la condena se reduzca a seis meses. Durante el juicio Serrano explicó que decidió ampliar en día y medio la estancia del menor, de 11 años, con su padre después de que éste y su abuelo acudieran a buscarle a Juzgado para transmitirle que quería salir en la Madrugá sevillana, algo muy importante para él, y que temía que su madre no le dejase.

El juez explica que tras adoptar la medida, no avisó a los padres de forma oficial por ser una "nimiedad", dado que solo suponía que la madre estuviera apenas un día más sin el menor. Y determinó que el auto con la resolución le fuera facilitado a la madre cuando se personara para recoger al niño y a su hermano menor.