La joven de Los Albarizones perdió un ojo y parte de la audición a consecuencia de la explosión. :: EVA LINDBERG
Jerez

Piden hasta 3 años para los acusados de arrojar el petardo que hirió a Rocío

El fiscal solicita tres y dos años de cárcel para padre e hijo, respectivamente, por un presunto delito de lesiones por imprudencia

JEREZ. Actualizado: Guardar
Enviar noticia por correo electrónico

Hace casi cuatro años que Rocío Vázquez perdió un ojo al explotarle un petardo en la cara y los tribunales aún no han señalado la fecha de juicio. Una larga espera que todo apunta a que pronto llegará a su fin, puesto que después de tanta demora la Fiscalía ha calificado el caso, con lo que se da por terminada la fase de instrucción. En las citadas calificaciones, a las que este periódico ha tenido acceso, el Ministerio solicita penas de dos y tres años de prisión para los dos inculpados, que resultan ser padre e hijo.

Según el documento, Manuel C. G. y su vástago, Francisco Javier C. P, se encontraban en la Nochevieja de 2007 en la plazoleta de la barriada rural Los Albarizones manipulando «cohetes tipo trueno» (compuesto de nitrato, sulfato y azufre), que colocaban entre unos ladrillos y posteriormente prendían fuego de forma continuada. En un momento dado, a eso de las 00.20 horas, ambos volvieron a repetir la operación «sin adoptar la más mínima precaución y con evidente desprecio hacia la seguridad de las personas allí congregadas, algunas de ellas menores de edad».

La cuestión es que uno de esos cohetes alcanzó en la cara a Rocío Vázquez, de 24 años, causándole lesiones faciales muy graves que le provocaron la pérdida del ojo izquierdo. Debido a ello, durante todo este tiempo la joven ha sido sometida a múltiples medidas terapéuticas, empezando por una primera intervención quirúrgica oftalmológica y maxilofacial de urgencia el mismo día que ocurrieron los hechos.

En su evolución, sufrió una necrosis del párpado que tuvo que ser tratada, hasta que en septiembre de 2010 volvió a operarse para la reconstrucción de los tejidos blandos, pendiente de la colocación de la prótesis ocular. En diciembre del mismo año se sometió a una tercera intervención tras la que se le recomendó un audífono, al detectar la perforación de un oído, además de una septoplastia por la desviación del tabique nasal.

Secuelas psíquicas

Junto a todo ello, la fiscal también alude a un trastorno de estrés postraumático, para el que está siendo tratada y medicada por un psiquiatra. A raíz de la explosión, Rocío tiene reconocido un grado de minusvalía del 48% por la Consejería de Igualdad y Bienestar Social.

Por los hechos mencionados, el Ministerio imputa a los dos acusados un presunto delito de lesiones causadas por imprudencia grave, por el que pide a Manuel C. G. una pena de tres años (con el agravante de incidencia) y de dos para Francisco Javier C. P. Con respecto a la parte económica, fija la indemnización a la víctima en 64,57 euros por día de hospitalización; 52,47 por día impeditivo y 28,28 euros por día no impeditivo, más la cantidad que se determine en virtud del informe médico forense por la pérdida del ojo.

La cuantía total no se especifica, si bien se solicita una indemnización adicional por daños morales de 60.000 euros y el pago de los costes de cuantos gastos sanitarios se acrediten, así como el valor de las prótesis oculares y auditivas que sean necesarias. En su calificación, resulta destacado el apartado que la fiscal dedica al historial delictivo del más mayor, Manuel C. G, que se enfrenta por ello a una pena mayor.

En concreto, esta persona fue condenada en 2002 por un delito de lesiones imprudentes a una multa y dos años de privación del carné de conducir, y a un año de prisión por un delito de hurto; en 2003 se enfrentó a una pena de ocho meses por robo y en 2004 fue condenado por hurto. Asimismo, ha cumplido penas por varios quebrantamientos de condena y un delito de maltrato o amenaza en el ámbito familiar.