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El Supremo falla a favor de la jueza de los ERE y autoriza su acceso a las actas del Gobierno

La sentencia deja abierta la puerta a que la Junta excluya «fundadamente» contenidos que sean materia reservada

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La jueza Mercedes Alaya gana el pulso que mantiene con el Gobierno andaluz desde hace seis meses y podrá acceder a las 480 actas de los consejos de Gobierno de la Junta desde 2001, ya que «son públicas y no tienen carácter reservado en cuanto al contenido que les es propio». El Tribunal de Conflictos del Supremo falló ayer a favor de la magistrada del número 6 de Sevilla que investiga el fraude de las prejubilaciones falsas en expedientes de regulación de empleo (ERE) y declara improcedente la negativa de la Junta a remitirle todas sus decisiones de la última década, ya que «ninguna competencia puede invocar con éxito el Consejo de Gobierno para hacerlas públicas», en referencia a la ley autonómica que, según la Junta y defiende el fiscal, otorga a esta potestad para levantar la reserva de las actas. La decisión del Tribunal fue unánime y contra la misma no cabe recurso.

El fallo da así vía libre a Mercedes Alaya para investigar si los miembros del Gobierno supieron de irregularidades en el sistema de pago de los ERE y pólizas de prejubilaciones, en las que se incluyeron varios intrusos, y no hicieran nada por impedirlo, tal como sospecha la instructora. Para la magistrada, de la investigación de las actas «puede desprenderse alguna actuación delictiva por parte de autoridad o funcionario público», según hizo constar en el auto del 6 de julio por el que elevó al Supremo el conflicto de jurisdicción planteado por la Junta de Andalucía el pasado abril.

El Tribunal de Conflictos, que presidió el presidente del Supremo y del Poder Judicial, Carlos Dívar, es contundente en la resolución respecto a la potestad o competencia de la juez sobre la documentación que reclama. Las actas tienen por objeto «informar y dar a conocer lo sucedido de manera oficial y fehaciente, configurándose así como documentos públicos», dice el texto.

Valoraciones o pareceres

El fallo, firmado por el magistrado Octavio Juan Herrero Pina, también discierne sobre la consideración de los documentos o informes que deben acompañar a los acuerdos, que en principio también son públicos. En base a Ley de Jurisdicción Contencioso Administrativa, la sentencia admite que en las actas pueden aparecer documentos legalmente declarados o clasificados de carácter reservado o aspectos secretos de las deliberaciones, opiniones o votos.

También, como la magistrada consideraba del mismo modo los informes o documentos preceptivos y aquellos «informes orales» de los consejeros como materia no reservada, distinta de las opiniones o votos, que sí lo son y que la jueza no pide, la sentencia aclara que esos informes también pueden entenderse como «valoraciones o pareceres», y, por tanto, no deben formar parte del contenido de las actas.

La resolución deja claro que en ambos casos, su eventual existencia o reflejo en las actas «no autoriza a atribuir a las mismas un carácter reservado que no tienen y negar su remisión». Pero también deja abierta una puerta para que la Junta de Andalucía pueda «excluir de su remisión, fundadamente, la parte del acta o actas» que se refieran a materias reservadas. Es decir, debe argumentar de forma razonada ante la Justicia la reserva para no facilitar la documentación. El Supremo es taxativo: «No es procedente, por lo tanto, la genérica negativa a la remisión de las actas solicitadas por la sola afirmación, sin la necesaria concreción, de que pueden contener documentos reservados o aspectos secretos de las deliberaciones, opiniones o votos», reza la resolución.

El Gobierno andaluz no despejó si hará uso de ese resquicio que le deja el fallo del Supremo hasta que los servicios jurídicos de la Junta no lo analice, según explicó la portavoz, Mar Moreno.

El líder del PP, Javier Arenas, instó al ejecutivo de Griñán a entregar «de inmediato» toda la información reclamada por la jueza y a no ampararse en secretos «porque en el manejo de los fondos públicos no puede haber ocultaciones».