Un juez confirma fallos de seguridad en el 'Nuevo Pepita' pero exculpa al patrón
El titular de lo Social ha sentenciado a favor de las viudas de cuatro marineros, para que se les pague un recargo del 50% en sus pensiones
CÁDIZ.Actualizado:Cuatro años después del trágico naufragio del pesquero barbateño 'Nueva Pepita Aurora', en el que murieron ocho de sus catorce tripulantes, un juez ha considerado que el hundimiento se debió a que el barco no cumplía con las medidas de seguridad necesaria y ha condenado por ello a la empresa mercantil del barco -Nuevo Pepita Aurora S. L.- y al Instituto Nacional de la Seguridad Social a ingresar un recargo del 50% en las pensiones de las viudas de cuatro de los marineros fallecidos.
La sentencia ha sido dictada por el juez Francisco de Borja Derqui-Togores, titular del juzgado número 3 de lo Social de Cádiz, que pese a sus conclusiones ha absuelto al patrón del barco (y uno de sus supervivientes), José V. C, ya que considera que en este caso no ejercía de empresario, ni gestionaba económicamente la empresa pesquera que fue demandada, aunque sí era dueño y armador del buque. El juez también absuelve al padre del patrón, José V. R, que era socio de la empresa gestora. Y considera que la demanda contra la hermana del patrón, Teresa V. C, que administraba la compañía, queda sin juzgar por falta de jurisdicción. De este modo, se condena al Instituto Nacional de la Seguridad Social a ingresar el recargo a las viudas, aunque será la empresa 'Nuevo Pepita Aurora S. L.' (sin actividad desde hace cuatro años) la que tiene que pagarlos.
La sentencia y su resultado no tienen por qué influir en el procedimiento penal que aún sigue abierto en la fase de instrucción en los juzgados de Algeciras, y en el que el patrón del barco aparece como el único imputado. Con todo, es la primera vez que un juez da por válidas las conclusiones de la Comisión Permanente de Investigaciones de Siniestros Marítimos del Ministerio de Fomento, sobre las causas del hundimiento. De hecho, el juez de lo Social ha basado su sentencia en este informe, que indica entre otras cosas que las aberturas de desagüe de la cubierta estaba cegadas, y que el barco llevaba un exceso de redes y dos tanques de agua dulce de más, que hacían que el barco superara el peso estipulado y se escorase demasiado durante la tormenta. Además de esto, las lanchas salvavidas no funcionaron, aunque el juez considera que esto se debió a un mal diseño del sistema, y no a la negligencia de la empresa (como las otras causas).
«Datos objetivos»
La defensa del patrón, tanto en la vía penal como en la social, ha tratado de refutar este informe, ya que considera que para conocer las verdaderas razones del hundimiento habría que reflotar el barco. El abogado del patrón también alegó esta necesidad durante el juicio social, y llegó a plantear que fueran llamados a declarar los constructores del buque ante la sospecha de que el hundimiento pudo deberse a un fallo de construcción. El juez, sin embargo, considera que el informe «es exhaustivo y riguroso», y parte de «unos datos objetivos tomados por buzos».