El Supremo confirma la sentencia del 'caso Acobiomol', pero rebaja las penas
El Alto Tribunal reduce la condena a cuatro años para los dos creadores de la medicina falsa, al estimar que el juicio se retrasó demasiado
CÁDIZ.Actualizado:Más de un año ha tardado el Tribunal Supremo en confirmar la sentencia del 'caso Acobiomol', dictada por la Audiencia Provincial de Cádiz en abril de 2010, y en la que se condenó a cuatro años y medio a Juan Manuel Acosta Acosta y Luis Andrades Bernal por un delito de estafa continuada y otro de intrusismo profesional: Ambos se hicieron pasar a lo largo de 2004 por biólogos y expertos en medicina para comercializar un medicamento que ellos decían que curaba el cáncer y otras enfermedades graves. Varias personas (algunas, desesperadas por su enfermedad) pagaron miles de euros por el tratamiento milagroso, basado en una fórmula llamada Acobiomol, y que resultó inocuo.
El Supremo ha desestimado parcialmente los recursos de casación de ambos acusados, que insistían en que no había pruebas contra ellos. El Alto Tribunal no les ha dado la razón. Es más, les recuerda que hay bastantes pruebas. Sin embargo, sí ha estimado una parte del recurso, al considerar que merecen un atenuante en sus penas por dilaciones indebidas, ya que el procedimiento estuvo parado en los tribunales durante más de un año y medio sin un motivo justificado. De hecho, el juicio se celebró en la Sección Octava de la Audiencia (en Jerez) en marzo de 2010 (aunque hubo un año de retraso porque uno de los acusados estuvo desaparecido).
En la sentencia del Supremo, fechada en abril de este año, y que se dio a conocer ayer, se rebaja seis meses de la condena de cuatro años por el delito. Pero se mantiene el medio año de prisión por el de intrusismo. También se mantienen las multas impuestas en su día de 1.800 euros cada uno.
Además de Juan Manuel Acosta y Luis Andrades, la Audiencia Provincial de Cádiz condenó a un año y medio y nueve meses de prisión a dos médicos gaditanos -Emilio de la Rosa y Rafael Quintanilla-, que permitieron que Luis y Juan Manuel la comercializaran en una clínica a su nombre en El Puerto.
Ambos doctores recurrieron también la sentencia con argumentos parecidos: la falta de pruebas, además de que, según ellos, la sentencia no hacía referencia a las pruebas aportadas por las defensas. Sin embargo, el Supremo no ha tenido en cuenta estas razonas, al igual que ha desestimado los recursos de algunas de las víctimas, que vieron insuficientes las penas (ellas pedían 10 años de cárcel para los principales acusados).