La resolución del Consejo de Seguridad permite medidas necesarias en Libia
Principales puntos de la resolución 1973 aprobada por el Consejo de Seguridad de la ONU el 17 de marzo
NUEVA YORKActualizado:Los principales puntos de la resolución 1973 aprobada por el Consejo de Seguridad de la ONU el pasado 17 de marzo y que autoriza "todas las medidas necesarias" para proteger a la población civil libia de los ataques del régimen de Muamar el Gadafi son los siguientes:
- Pide el inmediato establecimiento de un alto el fuego y el fin completo de la violencia y todo tipo de ataques y abusos contra la población civil.
- Solicita a las autoridades libias que cumplan sus obligaciones bajo la ley internacional, que incluyen la humanitaria, los derechos humanos y las leyes de refugiados, además de proteger a los civiles y atender sus necesidades básicas, así como el acceso rápido y sin restricciones de la asistencia humanitaria.
- Autoriza a los Estados miembros que lo hayan notificado al secretario general de la ONU y en cooperación con él a actuar a nivel nacional o a través de organizaciones regionales o acuerdos, a tomar todas las medidas necesarias para proteger a los civiles y las áreas civiles bajo ataques de Libia, incluyendo Bengasi.
- Excluye la ocupación por fuerzas extranjeras de parte alguna del territorio libio y pide a los Estados miembros que realicen una notificación inmediata de las medidas que adopten.
- Establece la prohibición de todos los vuelos en el espacio aéreo de Libia para proteger a los civiles, excepto los de tipo humanitario como distribución de material médico y alimentos, transporte de trabajadores humanitarios y evacuación de extranjeros.
- Autoriza a los Estados miembros que lo hayan notificado al secretario general de la ONU y a la Liga Árabe a actuar a nivel nacional o a través de organizaciones regionales a tomar todas las medidas necesarias para hacer cumplir la prohibición de vuelos impuesta.
- Pide al secretario general de la ONU que informe de inmediato al Consejo de Seguridad de cualquier acción que se adopte al respecto y que éste les informe mensualmente sobre la aplicación de la resolución, que incluye cualquier violación del espacio aéreo que se produzca.
- Para vigilar el cumplimiento del embargo de armas (resolución 1970) permite la inspección del territorio libio, como los puertos y aeropuertos, además de navíos en alta mar y aviones que vayan o procedan de Libia, si se tiene información sobre la posibilidad de que transporte armas para abastecer, vender, transferir o exportar.
- Deplora el uso de mercenarios por parte de Libia.
- Decide que los Estados miembros nieguen autorización a todo avión registrado en Libia o que sea propiedad de un nacional o de compañías de ese país para volar, a menos que sea autorizado con antelación por el organismo internacional y ante un caso de emergencia.
- Publica un anexo con los nombres de los libios sobre los que pesa la prohibición de volar:
· Embajador libio en Chad, Quren Salih Quren el Gadafi, por estar involucrado directamente en reclutar y coordinar mercenarios para el régimen de Libia.
· Gobernador de Ghat (sur del país), coronel Amid Husain Al Kuni, igualmente involucrado en el reclutamiento de mercenarios.
Personas a las que se amplía la congelación de activos: Abu Zayd Umar Dorda, director de seguridad exterior; general Abu Bakr Yunis Jabir, ministro de Defensa, así como el funcionario Mohamed Matuq, a varios hijos de Gadafi (Mohamed Muamar, Saadi y Saif al Arab) y al director de inteligencia militar, coronel Abdullah al Senussi.
Esa medida también afecta a los activos de las siguientes entidades: Banco Central de Libia, Autoridad Libia para Inversiones, Banco Exterior de Libia, Inversiones Libio-Africanas y Corporación Nacional Libia de Petróleo.