Economia

El Gobierno aprueba facilidades para que las empresas eludan el concurso de acreedores

La reforma refuerza los mecanismos preconcursales y simplifica los trámites judiciales de la suspensión de pagos

MADRID. Actualizado: Guardar
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El Gobierno quiere frenar la sangría que supone para el tejido empresarial español la entrada de un número cada vez mayor de empresas en concurso de acreedores, la antigua suspensión de pagos. El pasado mes de febrero se acogieron a esta fórmula, que suele conducir a la liquidación de la compañía, 577 sociedades, un 10,75% más que el mismo mes de 2010 y un 37,7% más que en enero, y en los dos primeros meses hubo 996, un 13,44% más interanual, según el estudio sobre Evolución Mensual de Concursos de Informa D&B. La reforma legal aprobada ayer persigue ampliar las facilidades para que las empresas eludan la insolvencia.

El proyecto de ley, remitido al Congreso de los Diputados para su tramitación y aprobación antes del verano, pretende normalizar el papel del concurso para que deje de ser una mera fórmula de liquidación de empresas en dificultades y se convierta en «un instrumento al servicio de su viabilidad».

Para ello, el nuevo texto legal refuerza las alternativas preconcursales, una serie de mecanismos para que las empresas puedan esquivar la insolvencia. Destaca entre ellos la posibilidad de firmar acuerdos extrajudiciales de refinanciación de las deudas entre el deudor y algunos de sus principales acreedores. Pactos que permitirían, sobre la base de continuar la actividad, maximizar el valor del patrimonio del deudor común, para incrementar las opciones de los prestamistas -incluidos los no intervinientes en el acuerdo- de manera que puedan ver satisfechos sus créditos.

La norma «llega para aliviar los trámites judiciales, otorgar mayor garantía a los derechos de los trabajadores y mejorar el funcionamiento de la administración, así como del sistema económico», resumió el vicepresidente primero del Gobierno, Alfredo Pérez Rubalcaba, tras el Consejo de Ministros.

El proyecto de ley establece que la administración concursal tendrá legitimación exclusiva para impugnar los acuerdos de refinanciación. Para que un juez pueda homologarlos y sus efectos se amplíen a otros acreedores -incluso aunque estuvieran en contra del procedimiento- quienes soliciten la homologación deberán ser entidades de crédito titulares de, al menos, el 75% de la deuda exigida.

Viabilidad

Si concurren esas mayorías y ello no supone un sacrificio desproporcionado para el resto de entidades acreedoras, el juez lo homologará siempre en aras de facilitar la viabilidad de la sociedad. El objetivo final es «conciliar la satisfacción de los acreedores con la recuperación de la solvencia empresarial», detalló el Ejecutivo en un comunicado.

La reforma legal introduce por primera vez medidas para regular el llamado 'dinero fresco', que los acreedores inyectan a las empresas en dificultades en el marco de un acuerdo de refinanciación. Establece que al menos el 50% del dinero nuevo que llega a la sociedad, y que supone ingresos de tesorería, tendrá la consideración de crédito contra la masa (prioridad de cobro), lo que implica más garantías para las entidades financieras que concedan créditos para reflotar la empresa.

Para reducir tiempos y costes del proceso concursal, el proyecto de ley prevé que el juez podrá aplicar el procedimiento abreviado cuando considere que el concurso reviste escasa complejidad o cuando el deudor presente una propuesta anticipada de convenio, de transmisión de la empresa o cese de actividad sin trabajadores a su cargo. También pretende mejorar la situación de los trabajadores afectados por los concursos, según lo establecido en la reforma laboral aprobada en junio pasado, para que sus efectos sean lo menos dañinos posible.

La nueva ley otorga un papel clave a la administración concursal en la asistencia judicial, que puede ayudar a descongestionar juzgados mercantiles. Los administradores tendrán la capacidad de subsanar errores del listado de acreedores, lo que podría reducir las demandas de incidentes concursales. La norma también potencia el nombramiento de auxiliares delegados e introduce la opción de que la administración concursal sea relizada por una persona jurídica o 'sociedad de administración concursal'.