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El exconcejal de Urbanismo de El Puerto, Juan Carlos Rodríguez, sale en libertad de los juzgados el pasado viernes 4 de marzo. :: F. JIMÉNEZ
Ciudadanos

Juan Carlos Rodríguez ya ha sido condenado por legalizar una vivienda en suelo no urbanizable

La Audiencia confirmó la sentencia de un juez de lo Penal contra el exedil de Urbanismo, imputado ahora en una nueva operación

MIGUEL DOMINGO GARCÍA
CÁDIZ.Actualizado:

Como dice la máxima judicial, mientras no se demuestre lo contrario en una vista oral el exconcejal de Urbanismo, Juan Carlos Rodríguez, es inocente de los cargos que se le imputan por supuestos delitos urbanísticos. De los que suma varios.

Su detención hace dos semanas en la última operación contra la corrupción urbanística en El Puerto, se añade a la lista de causas abiertas que el exedil acumula en los juzgados, por su supuesta responsabilidad en la proliferación de viviendas irregulares en la ciudad mientras era concejal. Algunos asuntos -como esta última imputación o la operación Tequila- aún están en fase de investigación. Otros, como la denuncia por las viviendas de Pinar de Coig, aguardan aún a que se celebre el juicio. Sin embargo, en al menos una ocasión Rodríguez sí ha sido ya considerado culpable y condenado en firme, por su papel en la legalización irregular de una vivienda en suelos que aparecían como no urbanizables.

La sentencia número 216/10 de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial se remonta hace algo menos de un año, y ratifica una sentencia anterior -de octubre de 2009- del juzgado de lo Penal número 1 de Cádiz, que condenó a Juan Carlos Rodríguez a ocho años de inhabilitación especial para empleo o cargo público «como autor criminalmente responsable de un delito contra la ordenación del territorio».

La pena que se le impuso poco tenía que ver con la prisión a la que a punto ha estado de enfrentarse ahora, y de la que se ha librado con una fianza de 30.000 euros, pues el juez se limitó a obligarle a pagar una multa de 2.700 euros. Tampoco el hecho por el que fue condenado está relacionado con una trama urbanística, como ahora parece ocurrir. Sin embargo, supone un precedente en el que la Audiencia señala a Rodríguez como responsable de una prevaricación urbanística, al legalizar viviendas «a sabiendas» de que tal posibilidad no era posible, después de aplicar el silencio administrativo. Los hechos por los que el exedil fue juzgado y condenado tuvieron lugar en 2006, un año antes de que IP perdiera la Alcaldía y Rodríguez el escaño, y se refieren a un expediente de legalización concreto en el Pago La Estacadilla de El Puerto.

Se trata de una vivienda de la calle Hortensia, cuya irregularidad fue detectada, según la Audiencia, por el área de disciplina urbanística del Ayuntamiento, al frente de la cual se encuentra Fernando Jiménez Fornell, que también ha sido imputado en la última operación judicial.

Según la sentencia, el área que dirige Fornell «requirió a la titular de la vivienda para que legalizara la construcción» de la casa y en abril de 2006 se abrió un expediente para tal fin. Sin embargo, la regulación de la casa quedó «paralizada» hasta septiembre de ese mismo año, cuando, de nuevo «a propuesta del área de urbanismo», Juan Carlos Rodríguez otorgó el visto bueno a la legalización por haberse cumplido el plazo de «silencio administrativo». El juez de lo Penal consideró que el exedil legalizó la construcción, «a sabiendas» de que no era susceptible de poder serlo, porque la casa estaba en un suelo no urbanizable.

La defensa de Rodríguez alegó ante la Audiencia que la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía obligaba a la administración a instar a los dueños de viviendas irregulares a legalizarlas. Como así se hizo. Pero el tribunal provincial le contestó en la sentencia que no era el caso, y que se había realizado una interpretación errónea de la ley.

Un procedimiento «viciado»

Efectivamente esta norma obliga a abrir expediente de legalización a las viviendas que se hayan construido sin licencias o contraviniéndolas, pero siempre que se ajuste a los planes urbanísticos. No como esta casa. De hecho, el tribunal llega a considerar «absurdo» que se pida la legalización de un inmueble que está en suelo no urbanizable.

En el recurso se defendía además que «no estaba acreditado» que Rodríguez actuara a conciencia para retrasar el procedimiento, y así aprobar el expediente por silencio administrativo' Pero también en esto la Audiencia le quita la razón, y contesta que sencillamente «no se debió requerir la legalización». El tribunal llega a afirmar que el procedimiento que estaba aplicando el Ayuntamiento de El Puerto para legalizar este tipo de viviendas estaba «viciado desde su origen».