El Constitucional congela la ley de consultas de Cataluña
El tribunal admite a trámite el recurso del Gobierno, que detecta una violación de la competencia estatal para hacer referendos
MADRID.Actualizado:El Tribunal Constitucional ha suspendido cautelarmente la ley de consultas que el Parlamento catalán aprobó en marzo del año pasado. La iniciativa ahora en suspenso permite a las instituciones autonómicas la convocatoria de referéndum sobre «cuestiones de especial trascendencia política» en su territorio con el único trámite externo de lograr la autorización del Gobierno central.
La paralización provisional es la consecuencia directa de la admisión a trámite del recurso de inconstitucionalidad presentado en diciembre por José Luis Rodríguez Zapatero contra 34 artículos del texto. La impugnación del Gobierno considera que la disposición catalana, aprobada con los votos del PSC, de ERC y de Iniciativa por Cataluña (ICV), es inconstitucional porque invade la competencia exclusiva del Estado para convocar un referéndum, máxime cuando el estatuto autonómico solo autoriza las simples consultas populares sin valor legal, según aclaró la sentencia del propio Constitucional que en julio pasado revisó la legalidad del 'Estatut'. CiU, el actual partido de gobierno en Cataluña, no apoyó la norma porque la consideró demasiado blanda.
El Ejecutivo cree que la iniciativa, que establece el régimen jurídico, el procedimiento, la aplicación y la convocatoria de estos referendos, hace sinónimos consulta popular y referéndum. La ley suspendida dice que tienen legitimidad para convocar referendos la Generalitat, dos grupos parlamentarios o una quinta parte del Parlamento autonómico, el 10% de los municipios de la comunidad -con un mínimo de 500.000 habitantes- o las firmas del 3% de la población censada adulta.
De tapadillo
El Gobierno central impugnó la norma al límite del plazo legal y de tapadillo. Rodríguez Zapatero no tomó la decisión sobre un tema tan sensible hasta que pasaron las elecciones catalanas de noviembre y Artur Mas fue investido presidente de la Generalitat. Lo hizo sin meter ruido, en un momento que ya negociaba con los convergentes apoyos puntuales en Cataluña a cambio de su colaboración para aprobar en Madrid la mayor parte de las reformas económicas y estructurales que impulsa el Ejecutivo, incluida la de las pensiones. De hecho, el recurso se aprobó en el último Consejo de Ministros antes de Navidad, el del 23 de diciembre, y el vicepresidente primero, Alfredo Pérez Rubalcaba, se cuidó muy mucho de no decir ni una palabra sobre el acuerdo en la rueda de prensa posterior.
El tribunal, que ahora comenzará a debatir sobre el fondo del recurso, ha remitido toda la documentación al Congreso, al Senado, a la Generalitat y al Parlamento catalán y les ha dado un plazo de 15 días para que indiquen si se personan en el proceso y para que presenten alegaciones. La suspensión cautelar tiene una vigencia de cinco meses, tras los que o se dicta sentencia o se prorroga la medida o se acuerda su levantamiento.
Los grupos independentistas no ocultaron que esta arquitectura legal podía ser el cauce por el que en el futuro las instituciones decidieran impulsar un referendo de corte soberanista y con el que se buscaba legitimar un cambio de las relaciones políticas con el Estado.