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Economia

El Supremo abre la puerta a la conversión de locales comerciales en viviendas

JULIO DÍAZ DE ALDA
MADRID.Actualizado:

La crisis ha disparado la aparición de apartamentos o 'lofts', como los llaman los modernos, en locales comerciales vacíos de toda España. Un paso que en ocasiones provoca controversias en las comunidades de vecinos, y que desde ahora queda algo más claro gracias al Tribunal Supremo. La sala primera de lo Civil del Alto Tribunal ha sentenciado que las prohibiciones sobre el cambio de uso han de constar en los estatutos de la finca y aparecer inscritas en el Registro de la Propiedad.

La sentencia pone fin a un litigio iniciado en 2003 por una comunidad de propietarios del suroeste de Madrid. Los vecinos pretendían que la justicia obligara a uno de ellos a deshacer las obras que realizó en su casa para transformar un despacho comercial en una vivienda. Algo que fue rechazado por un Juzgado de Primera Instancia y, después, por la Audiencia Provincial.

El caso llegó, vía recurso de casación, hasta el Supremo, que ha incluido la sentencia en la denominada 'colección legislativa' o, lo que es lo mismo, ha creado jurisprudencia. El texto subraya la «necesidad de que consten de manera expresa las prohibiciones y limitaciones referidas a la realización de determinadas actividades o al cambio de uso del inmueble, y su inscripción en el registro de la propiedad, para que sean oponibles a terceros».