Una treintena de familias se declara en suspesión de pagos
CÁDIZ. Actualizado: GuardarNo es necesario tener un régimen especial, sólo una hipoteca elevada, alguna que otra trampa y pocas posibilidades de hacerle frente al préstamo. Cada vez más familias recurren a este sistema para retrasar los pagos y conservar sus propiedades. El año pasado fueron una treintena, cinco más que en 2009 y la cifra no ha parado de crecer desde que comenzó la crisis.
El INE recoge esta modalidad en el estudio sobre los procesos concúrsales que publicó ayer, pero no haya datos anteriores a la recesión. Uno de los principales motivos para agarrarse a esta salida es que se puede atrasar o paralizar el pago de los intereses de las deudas, así como suspender las ejecuciones avaladas por los bienes, como en el caso de la hipoteca. Pero, ojo, de ninguna manera supone una rebaja o una suspensión de las letras. Los hogares tendrán que seguir pagando hasta que liquiden la deuda.
Al proceso concursal puede recurrir cualquier persona que tenga más de un acreedor, con deudas inferiores a los 10 millones de euros y que pueda demostrar su insolvencia. También tiene sus reglas: ambas partes deben acordar los plazos de pago (un máximo de cinco años) y qué porción de lo debido se perdonará (no más del 50%). Un administrador nombrado por el juez se hace cargo de los bienes, aunque estos no se embargan. También se intervienen los ingresos, por los que el particular recibe sólo una especie de paga de no más de 500 euros al mes para los gastos básicos propios y de su familia.