Disfunción autonómica
Actualizado: GuardarLa Constitución de 1978 es anterior al Estado de las Autonomías, por lo que no fija un modelo sino tan solo el procedimiento para construirlo. No es, pues, extraño que hayan aparecido después lagunas normativas que harían recomendable una reforma constitucional que subsanara el déficit. Una de estas carencias genera la dificultad que encuentra el Gobierno para cobrar a las Comunidades Autónomas las sanciones pecuniarias que la Comisión Europea les impone por violación de las normas comunitarias -por las 'vacaciones fiscales' vascas, por ejemplo-. El Consejo de Estado cree que «lo conveniente» sería fijar en la Constitución los mecanismos apropiados para hacer cumplir a las comunidades sus obligaciones derivadas del derecho comunitario, y hacer que la propia Carta Magna remita a una ley estatal que determine en qué casos y cómo se puede repercutir en las autonomías las consecuencias de un incumplimiento. Con todo, la institución asesora indica que podría bastar una ley estatal ordinaria. El Gobierno ha intentado resolver el asunto mediante una disposición adicional a la Ley de Economía Sostenible, pero el Consejo de Estado duda de su eficacia. Algo habrá que hacer porque no sería equitativo que, en estos casos, pagáramos justos por pecadores.