Es noticia:
ABCABC de SevillaLa Voz de CádizCádiz
ESPAÑA

El Supremo archiva las querellas contra Bono por cohecho

El tribunal asegura que no «hay indicios» de que el presidente del Congreso recibiera «dádivas» de una constructora

MELCHOR SÁIZ-PARDO
MADRID.Actualizado:

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha archivado las dos querellas por cohecho presentadas contra el presidente del Congreso, José Bono, al que sendos colectivos de abogados acusaban de corrupción por haber permutado unos inmuebles con una importante plusvalía y haber aceptado que una constructora hiciera reformas en su domicilio. El alto tribunal asegura que en ninguna de las dos demandas hay indicios de que Bono recibiera dádivas ni que aceptara esos regalos para hacer «un acto contrario a los deberes de su cargo», las condiciones para que se dé el ilícito de cohecho.

El primero de los hechos denunciados en las querellas -presentadas por la asociación 'Preeminencia del Derecho' del abogado José Luis Mazón y por el colectivo 'Ciudadanía Anticorrupción'- fue un «cohecho enmascarado» en la permuta de un piso de la familia Bono en la «periferia de Madrid» por «dos áticos de lujo» en Estepona, propiedad de Rafael Santamaría, accionista de Reyal Urbis, que en «en 2003 había promovido en Guadalajara una urbanización de lujo» tras la «imposible» recalificación de los terrenos rústicos. Mazón aseguraba que por aquel intercambio, Bono incrementó su patrimonio en algo más de un millón de euros.

La segunda supuesta irregularidad denunciada era que la constructora Reyal Urbis pagó la reforma de una habitación de una casa que Bono tiene en la localidad toledana de Olías. Unos trabajos valorados en 7.669 euros.

El ponente del Supremo, el magistrado Carlos Granados, en relación a la permuta es tajante: «no existe indicio de la existencia y recepción de la dádiva ni de la ejecución de un acto contrario a los deberes del cargo, por lo que tampoco existen indicios de la existencia de un delito de cohecho». Como sostenía la Fiscalía, aquel intercambio se hizo en «términos de igualdad económica».

Sobre la reforma de Olías, el Supremo señala que la «relación de amistad» entre Bono y Santamaria es en sí una «explicación coherente y plausible del gasto llevado a cabo en el inmueble del querellado», por lo que rechaza que aquel trabajo tuviera como objeto recompensar un favor concreto del político.

El fallo se muestra especialmente crítico con la asociación de Mazón, a la que acusa de haber alterado el valor de los muebles permutados -cuando había documentos que apuntaban que eran inmuebles de «similar valor económico- para aparentar que Bono había visto aumentar su patrimonio de manera exagerada.

«Inquisión general»

También arremete contra el segundo colectivo, 'Ciudadanía Anticorrupción', al que reprende por intentar que el Supremo «lleve a cabo una inquisición general sobre todas las subvenciones o ayudas que las citadas sociedades y personas hayan percibido de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, sin que conste que los propios órganos de fiscalización de las mismas hayan detectado alguna irregularidad».

Bono mostró su satisfacción después de conocer el carpetazo del Supremo. Aseguró que vivía el «mejor día del año» porque el tribunal ha rechazado de «manera clara y contundente» las querellas de un «grupo de calumniadores y delincuentes». También se felicitó de que los intentos por «hacer daño» a su familia y a él mismo acaben denifitivamente. «Ignoro cuál es la razón que les mueve, si es política o de cualquier otra índole», explicó en los pasillo de la Cámara Baja. Las denuncias contra el presidente del Congreso fueron aireadas por un grupo de comunicación ultraconservador.

«Al final, en un Estado democrático, la verdad se abre camino y las personas de bien nos alegramos», apostilló el político socialista.

Las denuncia de los dos colectivos de abogados no fueron las únicas. También el PP reclamó a la Fiscalía General del Estado que investigara el patrimonio del ex presidente castellano-manchego, aunque el Ministerio Público se negó a abrir diligencias por falta de pruebas.