Absuelven a los dos acusados por la muerte de un obrero
El juez rechaza que haya existido falsedad documental en contrato y homicidio imprudente por el fallecimiento del trabajador en una bodega
JEREZ. Actualizado: GuardarLos dos acusados por la muerte de Manuel García Rendón, un trabajador de la construcción que falleció en 2002 tras un accidente laboral en una bodega de Jerez, han sido absueltos de los presuntos delitos de homicidio por imprudencia, otro contra los derechos de los trabajadores y un tercero de falsedad documental como pedían tanto la Fiscalía como la acusación particular.
La sentencia dictada por el magistrado del Juzgado de lo Penal número 1, a la que ha tenido acceso este medio, afirma que no se ha acreditado durante el juicio, celebrado en junio, que se hayan cometido los delitos de los que se acusaba a los procesados José P. M. y Francisco L. R, en calidad de consejero delegado y apoderado de la empresa donde el trabajador prestaba sus servicios en el momento del siniestro, respectivamente.
La resolución recoge que Manuel García Rendón, junto a Juan Pedro Rondán Rojas, fueron contratados para que acondicionaran una bodega de vinagre de su propiedad y efectuaran diversos trabajos de mejora. El 15 de marzo de 2002, los obreros se encontraban en un andamio realizando tareas de cerramiento vertical a unos cuatro metros de altura cuando por causas que se desconocen Manuel cayó al suelo y se golpeó en la cabeza con el propio andamio. Meses más tardes, a finales de mayo, falleció a consecuencia de las graves lesiones.
En su acusación, los familiares y la Fiscalía argumentaban, además de las infracciones en materia de seguridad, que los procesados se habían valido de una serie de artimañas para hacer creer que el profesional no estaba contratado como trabajador por cuenta ajena sino que era autónomo, lo que le eximiría de responsabilidad. Para ello y siempre según el Ministerio, los imputados presuntamente confeccionaron un contrato de obras y falsificaron la firma del fallecido. Sin embargo, la sentencia dice al hilo de estas argumentaciones, y tras estudiar los informes periciales, que «hay que afirmar la autenticidad» del documento.
El Ministerio Fiscal pedía una pena de año y medio de cárcel por el delito de homicidio por imprudencia grave, seis meses de prisión por atentar contra el derecho de los trabajadores y nueve meses más por el presunto delito de falsedad documental. Junto a ello, una indemnización de 240.000 euros para la viuda y los hijos. El abogado de la familia pedía para el primero de los delitos dos años y tres meses; para el segundo un año y nueve meses y para el tercero otros dos años.